¿Te has detenido a pensar cuál va a ser tu situación económica en 30 años? ¿Cómo pagarás por tu alimentación, casa y vestido? Los Afore forman parte de nuestra vida cotidiana, por esta razón en este artículo explicaremos más acerca de este servicio.
Las afores se refieren a entidades financieras, permiten a los trabajadores administrar cuentas de ahorro individual para retirar su dinero.
Para realizar este trámite deben tener autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que se encuentre sujeta a la regulación de la Consar.
Aunque las entidades bancarias son dueños de muchas de estas, las Afores no son aseguradoras ni bancos.
Son instituciones dedicadas exclusivamente a la administración e inversión de los recursos que depositamos en nuestra cuenta individual.
Cada uno de los trabajadores, en las Afores, debe tener una cuenta individual la cual es única y personal.
Esta cuenta, a lo largo de su vida laboral le serán acumulados los recursos (aportaciones y cuotas) las cuales realiza periódicamente el gobierno, patrón y el propio trabajador.
Se calculan de acuerdo al salario, llegando hasta un máximo de 23 salarios mínimos.
¿Para qué sirve la Afore?
Como hemos mencionado antes, la función principal de una Afore es la de administrar e invertir tu ahorro para el retiro laboral, pero también tienes la oportunidad de aprovecharla para lograr otras metas al realizar aportaciones voluntarias, conocidas también como ahorro voluntario.
Es de mucha importancia realizar aportaciones en tu Afore ya que, actualmente, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), estima que en el futuro los trabajadores podrán recibir una pensión de 2 mil pesos al mes; por esta razón, es recomendable realizar aportaciones voluntarias para aumentar tu ahorro y tener un mejor retiro.
Una vez que comiences tu vida laboral vas a poder elegir una Afore, o en caso de que no lo hayas hecho, la Consar podrá asignarte una de entre las administradoras que tengan el mejor interés neto.
Con tus aportaciones y cuotas, las Afores podrán hacer lo siguiente:
- Aperturar las cuentas individuales a petición de los trabajadores.
- Registrar y recibir aportaciones voluntarias de los trabajadores y en ciertos casos, de los patrones.
- Recibir aportaciones y cuotas que los patrones, los trabajadores y el gobierno entregan y, son depositadas en las cuentas individuales.
- Invertir y administrar el ahorro para el retiro por medio de las Siefores para así adquirir rendimientos.
- Hacer un registro de los rendimientos que se vayan generando por el ahorro para el retiro del trabajador en su cuenta individual.
- Hacer un registro en la cuenta individual las contribuciones para vivienda, que son realizadas por el patrón al INFONAVIT, el cual el propio instituto administra, así como los rendimientos que sean generados.
- Enviar un estado de cuenta al menos 3 veces al año al domicilio del trabajador, para que este pueda conocer los movimientos que son llevados a cabo a su cuenta y pueda llevar un control de la misma.
- Entregar a los trabajadores los recursos por las prestaciones a las cuales tienen derecho durante su vida laboral, por concepto de ayuda para desempleo temporal y gastos de matrimonio.
- Al momento del retiro laboral, entregarán al trabajador el monto que le corresponde a su pensión.
¿Cómo se puede retirar dinero de la Afore?
Las aportaciones voluntarias pueden ser retiradas cada 6 meses. Sin embargo, existen ciertos casos extraordinarios en que es posible retirar algún porcentaje del dinero que hayas ido acumulando en tu cuenta individual.
Estos son, por ejemplo, si vas a casarte o si te encuentras desempleado. En el primer caso tienes la opción de hacer un retiro de tu cuenta hasta 30 días de salario mínimo vigente, una sola vez en la vida.
En el segundo caso, podrás retirar al menos 30 días y como máximo 90 de tu Salario Base de Cotización, este es el tipo de retiro que puedes realizar cada 5 años.
Estos dos tipos de retiros parciales antes de recibir la pensión saldrán de la cuenta individual, específicamente de la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) y de la Cuota Social (CS) la cual aporta el Gobierno Federal. (depositphotos)