Estado debe proteger a periodistas sin excusas, exige ministra Esquivel ante SCJN

Suprema Corte valida plazo de 30 días y reconoce riesgo que enfrentan comunicadores al difundir información pública.

Sesión del Pleno de la SCJN durante discusión sobre protección a periodistas en México, febrero 2026

El Pleno de la Suprema Corte analizó la constitucionalidad del plazo para impugnar medidas del Mecanismo de Protección.

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México, 25 de febrero de 2026. — El plazo de 30 días naturales para que periodistas amenazados impugnen determinaciones del Mecanismo de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas es constitucional, determinó el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Durante la discusión del amparo en revisión 394/2025, la ministra Yasmín Esquivel Mossa exigió que el Estado mexicano garantice el ejercicio periodístico sin presiones ni obstáculos.


La resolución se centró en el artículo 57, fracción II, de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, que fija ese plazo para interponer el recurso de inconformidad contra las decisiones de la Junta de Gobierno del mecanismo.

La ministra se pronunció a favor de la propuesta y consideró que la legislación permite una protección integral del periodismo mexicano, al tiempo que respeta los requisitos procesales necesarios.

Esquivel Mossa reconoció que el caso analizado refleja "la vulnerabilidad en la que muchas personas periodistas ejercen su labor en nuestro país, sobre todo cuando se trata de mujeres periodistas".

Precisó que el marco constitucional contiene mecanismos que se activan cuando un periodista recibe amenazas por investigar y difundir información de interés público.

Sesi\u00f3n del Pleno de la SCJN durante discusi\u00f3n sobre protecci\u00f3n a periodistas en M\u00e9xico, febrero 2026 El Pleno de la Suprema Corte analizó la constitucionalidad del plazo para impugnar medidas del Mecanismo de Protección. rotativo.com.mx

Protección a periodistas requiere reglas claras, según la SCJN

La ministra coincidió con el proyecto en que el derecho al acceso a la justicia no excluye que el legislador establezca requisitos y plazos para activar medios de defensa, siempre que sean claros, generales y razonables.

Bajo ese criterio, sostuvo que el plazo de 30 días naturales no resulta desproporcionado y brinda certeza jurídica al proceso.

El sistema de protección a periodistas en México debe seguir reglas procesales que permitan evaluar periódicamente la necesidad de mantener las medidas otorgadas a comunicadores amenazados.

También debe garantizar la revisión de esas determinaciones cuando las circunstancias lo ameriten.

Defender la libertad de expresión significa defender el Estado Democrático de Derecho, afirmó la ministra. Proteger a una persona periodista se traduce en salvaguardar el derecho de toda la sociedad a conocer la verdad.

La resolución deja abierta la posibilidad de que cualquier periodista vuelva a solicitar la adopción o revisión de medidas ante nuevas amenazas.