México, julio (SEMlac).- (depositphotos) Es urgente reconocer a las mujeres desplazadas por desastres naturales como refugiadas por cambio climático.
Hoy no cuentan con ninguna protección jurídica y están a merced de los Estados para acceder a protección, con gobiernos poco comprometidos con la mitigación del cambio climático y carentes de políticas que consideren el desplazamiento por razones climáticas.
Por ello urge que los gobiernos reconozcan el desplazamiento de mujeres y niñas por razones de cambio climático con perspectiva de género y enfoque diferenciado, y que se aplique el derecho de asilo y el principio de no devolución, indica el Instituto para las Mujeres en la Migración (Imume).
Las mujeres y las niñas desplazadas por desastres naturales son las más afectadas en comparación con los hombres, tienen 14 veces más posibilidades de morir; a menudo son las responsables del bienestar y cuidado de niñas, niños y personas de la tercera edad, sometiéndose a una desigualdad más profunda y están en mayor riesgo de sufrir violencia.
Así se informó durante la presentación del Informe "Desplazamiento por razones climáticas, una aproximación desde los derechos de las mujeres", donde participaron representantes del Alto Comisionado para las Naciones Unidas (Acnur), la organización Sin Fronteras y la Women in Migration Network (Wimn).
Los objetivos principales son dos: comprobar que las mujeres en el Corredor Seco de Centroamérica son afectadas de forma diferenciada por los efectos climáticos y dar cuenta de que el marco legal de protección para las personas que se desplazan por los efectos del cambio climático, no sólo es deficiente, sino casi inexistente en México.
En la presentación del documento, Denise Carachure, enlace de dirección Imumi, consideró recomendable que las mujeres y niñas participen en los procesos de toma de decisiones, porque el excluirlas puede resultar en políticas y planes muy desfavorecedores, que no tomen en cuenta ni sus necesidades específicas, ni sus derechos, por lo que son insistentes en la necesidad de un enfoque de género e interseccional en la atención de estos desplazamientos.
Sandra Álvarez, de Sin Fronteras, recomienda que el gobierno se informe, porque considera que las autoridades han cometido "errores garrafales" por el desconocimiento en torno al tema.
En el tema de desplazamiento forzado por motivos climáticos, Chus Álvarez, de Winm, especialista de derechos humanos, puntualiza que se debe implementar un enfoque feminista e interseccional porque así se podrán identificar las desigualdades sociales y la discriminación diferenciada.
Más de 24 millones de personas desplazadas por desastres naturales al año
Desde 2009, en promedio, los llamados "desastres naturales" han desplazado a más de 24 millones de personas al año y las proyecciones del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático señalan que, para 2050, hasta 143 millones de personas tendrán que desplazarse como consecuencia del cambio climático en América Central, América del Sur, África Subsahariana y Asia Meridional.
A finales de 2021 se estimó que al menos 5.9 millones de personas de 84 regiones del mundo vivían una situación de desplazamiento como consecuencia de desastres ambientales y climáticos.
Pese a que en América Latina y el Caribe se ubican territorios con alta vulnerabilidad climática, solo algunos Estados cuentan con opciones de regularización migratoria por desastres y ninguno ha considerado la posibilidad de reconocer a una persona como refugiada por los efectos del cambio climático.
Apenas en abril de 2024, en Colombia se sentó un precedente al respecto cuando la Corte Constitucional reconoció la existencia del desplazamiento forzado interno por factores ambientales, incluidos los hechos asociados al cambio climático, después de que una pareja de campesinos de la tercera edad fue desplazada por las inundaciones del río Bojabá.
De acuerdo con la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, en el primer semestre de 2024, 18.439 mujeres solicitaron asilo, representado el 45 por ciento del total de solicitantes; sin embargo, se desconoce si algunas de las razones para buscar protección derivan de los efectos del cambio climático.
En la Ley del Instituto Nacional de Migración existen las visas por causa humanitaria. En el reglamento se cita: "Cuando peligre la vida de la persona extranjera por violencia o por desastre natural y el hecho se compruebe fehacientemente".
Según la información proporcionada por el INM, de noviembre de 2012 a octubre de 2023, se otorgaron tan solo 143 visas, sin permiso para realizar actividades remuneradas por causa humanitaria: 85 de ellas fueron para mujeres y el resto para hombres. Solo ocho de estas visas fueron otorgadas a personas provenientes de un país del Corredor Seco de Centroamérica, seis mujeres y dos hombres, todos de nacionalidad hondureña.
De las 143 visas otorgadas por el INM durante 11 años, no se puede saber cuáles fueron por "desastre natural" o si se llegó a otorgar alguna por este supuesto, pero, sobre todo, resulta preocupante la cantidad de visas otorgadas sea mínima y, por tanto, se esté limitando que la población migrante en situación de vulnerabilidad tenga acceso de manera simple y segura a una regularización migratoria e integración en el país.
Reconocer el cambio climático como causa de desplazamiento
El documento emite una serie de recomendaciones a los gobiernos de la región, al de México y a la sociedad civil para implementar un enfoque colectivo, interseccional y crítico a la hora de abordar la intersección entre el cambio climático y el desplazamiento, que ayuden a proponer soluciones concretas y colaborativas a nivel internacional e intergubernamental.
Por ejemplo, a través de la recopilación de datos que muestren el impacto del cambio climático en la vida de las personas en movilidad. Pero también del reconocimiento del cambio climático como una causa de desplazamiento; la protección internacional de las poblaciones, más allá de las visas humanitarias por desastres naturales, a través de una interpretación amplia de la Declaración de Cartagena y reformas a la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político; así como acciones concretas de protección para mujeres y niñas en contextos de movilidad, cuya vida ha sido afectada por el cambio climático.
En el estudio se destaca que el gobierno de México es uno de los pocos en la región de las Américas que cuenta con un Plan Nacional de Acción sobre Género y Cambio Climático, publicado en 2022, cuya coordinación y seguimiento le compete a la Secretaría de Relaciones Exteriores. Pero este Plan no nombra ni una sola vez el desplazamiento (ni siquiera el interno) como un factor que se deba considerar cuando se habla de los efectos e impactos del cambio climático.
Al gobierno de México se le recomienda:
. Reconocer que el cambio climático impacta en el desplazamiento interno e internacional.
. Establecer protecciones jurídicas más allá de las visas humanitarias por desastres naturales.
. Adoptar una interpretación de la Declaración de Cartagena y, en consecuencia, de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político que proteja a las personas reconocidas como refugiadas por el cambio climático.
. Concretar protecciones específicas para mujeres y niñas en contextos de movilidad, cuya vida ha sido afectada por el cambio climático.
A la sociedad civil:
. Sumar esfuerzos en la recopilación de datos que muestren el impacto del cambio climático en la vida de las personas en movilidad.
. Incidir y sensibilizar respecto a la ampliación del marco de protección jurídico para las personas que se desplazan por los efectos climáticos.
Cuatro casos en contexto de movilidad
Se detectaron cuatro casos de personas en contextos de movilidad por México, que provienen del norte de Centroamérica, en quienes la decisión de migrar estuvo fuertemente motivada por factores medioambientales, tres de ellas mujeres.
Estas cuatro personas no tienen parentesco entre sí. Alma es hondureña y Silvia es salvadoreña; sin embargo, ambas residían en Honduras cuando resintieron los efectos climáticos. Daniela es guatemalteca y Francisco es hondureño. Sus edades oscilan entre los 28 y 45 años de edad.
Las tres personas de origen hondureño provenían de zonas costeras: Silvia, de la ciudad de Tela, y Alma, de Puerto Cortés, ambas localidades pertenecientes al departamento de Atlántida; Francisco provenía de Cedeño, en el departamento hondureño de Choluteca. Daniela provenía de San José, en el departamento de San Marcos en Guatemala
Los efectos del impacto climático fueron inundaciones por huracanes e intensas lluvias y aumento del nivel del mar.
Estas cuatro personas tienen en común no haber establecido contacto con alguna autoridad migratoria que los pudiera orientar para regularizar su situación en México.
Silvia apuntó que ella se acercó a las oficinas del Instituto Nacional de Migración (INM) y a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) una vez que estuvo asentada en Puebla, pero no recibió ningún tipo de apoyo o información.
Francisco, por su parte, no tuvo contacto previo con ninguna autoridad mexicana hasta que se encontró transitando por el norte del país, en donde agentes del INM lo detuvieron y lo trasladaron a una estación migratoria.
Actualmente, solo los casos de Francisco y Daniela siguen activos, y el equipo del Imumi se encuentra apoyando a estas personas con el trámite/servicio que solicitaron.