San Juan del Río, 6 de febrero de 2026.- Vísceras y subproductos cárnicos son transferidos al aire libre desde un camión tipo caja hacia camionetas pick-up descubiertas a un costado de la carretera 300, sin recipientes cerrados, sin cadena de frío y expuestos a la intemperie, en posible incumplimiento de normas zoosanitarias federales.
El producto, que termina en puestos de chicharrones y tacos instalados en la vía pública, representa un riesgo directo de enfermedades gastrointestinales para miles de consumidores. Imágenes obtenidas por Rotativo documentan la operación en varios puntos de la vialidad.Las fotografías muestran a dos personas que descargan el producto desde un vehículo de caja cerrada identificado con una etiqueta adherida al parabrisas. La leyenda señala que el camión pertenece a la empresa Vísceras Guanajuato, SA de CV, con domicilio en calle Agustín Melgar número 505-A, colonia Barrio Nuevo, código postal 36530, en Irapuato, Guanajuato.
Las vísceras son depositadas directamente sobre la batea descubierta de una camioneta pick-up roja, acompañadas únicamente de hielo suelto y sin ningún tipo de recipiente cerrado. Hasta el cierre de esta edición, no se obtuvo respuesta de la empresa sobre las condiciones de traslado documentadas.
La NOM-024-ZOO-1995, emitida por la Secretaría de Agricultura y vigilada por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), prohíbe de manera explícita esta práctica.
El artículo 5.11 de dicha norma establece que queda prohibido el transporte de carnes, vísceras y subproductos de origen animal en vehículos abiertos, a la intemperie o en cajuelas. Los operadores, además, manipulan el producto sin guantes ni indumentaria de protección visible.

Trasvase de vísceras en San Juan del Río incumple al menos cinco disposiciones federales
De acuerdo con la normatividad vigente, el traslado de vísceras exige vehículos isotérmicos o refrigerados que mantengan una temperatura no mayor a 4°C durante todo el trayecto. Las puertas de la cámara de refrigeración no deben abrirse hasta llegar al destino final, según el punto 5.4 de la misma norma.
El punto 5.6 obliga a que las vísceras se transporten en recipientes de plástico o acero inoxidable debidamente identificados, de fácil limpieza y que puedan cerrarse. Las imágenes captadas muestran el producto depositado directamente sobre la superficie metálica de la batea, sin contenedor alguno que cumpla con estas especificaciones.
La norma también exige que el ascenso y descenso de canales y vísceras se realice evitando contacto con el suelo o cualquier superficie contaminante. Los vehículos deben lavarse y desinfectarse antes y después de cada traslado con agua a no menos de 60°C, seguida de un desinfectante aprobado por la Secretaría de Agricultura.
| Disposición NOM-024-ZOO | Requisito | Situación documentada |
|---|---|---|
| Art. 5.11 | Prohibido vehículos abiertos | Camioneta pick-up descubierta |
| Art. 5.6 | Recipientes cerrados de plástico o acero | Producto suelto sobre batea |
| Art. 5.4 | Vehículo refrigerado a menos de 4°C | Sin sistema de refrigeración |
| Art. 5.9 | Evitar contacto con superficies contaminantes | Vísceras sobre metal expuesto |
| Art. 5.7 | Lavado y desinfección del vehículo | Sin evidencia de protocolo sanitario |
Disposiciones de la NOM-024-ZOO-1995 presuntamente incumplidas en el trasvase de vísceras en San Juan del Río

¿Qué riesgos representa para quienes consumen chicharrones y tacos en vía pública?
El eslabón final de esta cadena recae sobre el consumidor que compra chicharrones o tacos elaborados con vísceras en puestos callejeros. El transporte sin cadena de frío favorece la proliferación de bacterias como Salmonella, E. coli y Staphylococcus aureus, responsables de infecciones gastrointestinales que van desde diarrea y vómito hasta cuadros severos de deshidratación, particularmente peligrosos en niños, adultos mayores y personas inmunodeprimidas.
La práctica documentada sugiere un esquema de distribución en el que el producto viaja desde Irapuato en un camión cerrado y posteriormente es redistribuido en vehículos no aptos a lo largo de varios puntos de la carretera 300.
Desde ahí, las camionetas abastecen a comercios informales y puestos de vía pública donde las vísceras son procesadas para elaborar chicharrones, tacos y otros alimentos que se venden directamente al público sin garantía alguna de que la cadena de frío se haya mantenido en algún momento del trayecto.

La ruptura de la cadena sanitaria no ocurre en un solo punto: inicia con el trasvase al aire libre, continúa durante el traslado en vehículo abierto expuesto al polvo, contaminantes viales y temperatura ambiente, y concluye en puestos que en muchos casos carecen de permisos sanitarios municipales. Cada etapa multiplica el riesgo de contaminación bacteriana del producto.
Las sanciones por incumplimiento de la NOM-024-ZOO-1995 se aplican conforme a la Ley Federal de Sanidad Animal y la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y recaen tanto sobre el propietario del producto como sobre la empresa transportista y cualquier persona responsable de la movilización.
Hasta el momento, ni SENASICA ni la Secretaría de Salud del estado de Querétaro han emitido postura al respecto.



















La carretera estatal 300 conecta San Juan del Río con Amealco y registra flujo diario de 9 mil vehículos.
La carretera estatal 300 conecta San Juan del R\u00edo con Amealco y registra flujo diario de 9 mil veh\u00edculos. rotativo.com.mx