Al pleno, la despenalización del aborto en Puebla

15 de Julio de 2024
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Al pleno, la despenalización del aborto en Puebla.
Al pleno, la despenalización del aborto en Puebla.

Puebla, México, julio (SEMlac).- (depositphotos) La iniciativa para la despenalización del aborto en Puebla será discutida y votada en el Pleno del Congreso, este lunes 15 de julio, luego de que el pasado viernes fuera aprobada en la comisión de Procuración y Administración de Justicia, con cinco votos a favor y una abstención del diputado de Morena, Fernando Sánchez Sasia.


Tras casi dos décadas de manifestaciones, la toma del Congreso, mesas de diálogo y amparos, decenas de iniciativas congeladas, seis recientes en la LXI Legislatura (2021 al 2024), finalmente fue aprobado el dictamen para modificar el código penal, que permitirá que las mujeres puedan interrumpir su embarazo hasta las 12 semanas de gestación, sin ser perseguidas judicialmente, criminalizadas, detenidas y encarceladas; aunque de hacerlo posteriormente, recibirán una pena de cárcel que va de un mes a un año o trabajo comunitario.

Hasta hoy el Código Penal del estado aún considera el aborto como un delito, lo que ha provocado que mujeres y personas con capacidad de gestar recurrieran a procedimientos inseguros.

Desde la despenalización del aborto en la Ciudad de México, 1.692 habitantes de Puebla han viajado a la capital del país para poder acceder a un procedimiento de aborto seguro, legal y gratuito, a través del programa de Interrupción Legal del Embarazo, activo desde 2007 (al que pueden acceder las mujeres y personas con capacidad de gestar, independientemente de la nacionalidad o lugar de residencia)

En entrevista, Natalí Hernández Arias, directora del Centro de Análisis, Formación e Iniciativa Social (CAFIS), recordó el largo camino que ahora parece tener fin.

Citó que en 2009 -durante la administración del mandatario Mario Marín, gobernador ahora preso por comprobar el delito de tortura contra la periodista Lydia Cacho y su complicidad con pederastas- fue aprobada la conservadora reforma constitucional de "proteger la vida desde el momento de la concepción", que era básicamente una reforma para obstaculizar la despenalización del aborto. "Era una reforma antiderechos, quizá la más acabada".

"Desde entonces hemos trabajado, el movimiento feminista ha sido muy fuerte aquí en Puebla, se han tomado espacios públicos y ha alzado la voz para exigir derechos reproductivos y elegir maternidades amorosas y deseadas… así hemos llegado a este punto. Esto no es una moda", sostuvo.

En la lucha por la despenalización del aborto destaca la toma del Congreso en 2020, protesta feminista que marcó un importante avance, pues uno de los puntos del pliego petitorio era una discusión seria y pública sobre el tema. Así, del 5 al 27 de abril de 2021 la LX legislatura del Congreso del Estado de Puebla realizó el Parlamento Abierto sobre Derechos Sexuales, Derechos Reproductivos y Aborto Legal, en el que participaron 122 ponentes que debatieron en torno a cinco ejes temáticos.

Para 2023, gracias al esfuerzo de las activistas, se logró un amparo para acceder al procedimiento sin ser criminalizadas y a través de la asesoría de las colectivas. A pesar de esto, servicios de salud pública como el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS) se negaron o entorpecieron los trámites para realizar el aborto debido a los prejuicios y el desconocimiento de esta opción.

En marzo de 2023, el Juez Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla determinó, en la sentencia de amparo 259/2022, la inconstitucionalidad de los articules 339 y 343 del Código Penal del Estado de Puebla, que regulan el tipo penal de aborto, al considerar que era violatorio de los artículos 1, 4, 20 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El 5 de diciembre de 2023 el gobierno del Estado de Puebla habilitó unidades médicas para el servicio de aborto seguro y gratuito, en cumplimiento a lo mandatado en la sentencia de amparo 259/2022, pero no han funcionado ni se ha hecho operativo a la fecha.

Así, a pesar de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentenciara desde el 7 de septiembre de 2021 que las leyes que criminalizan el aborto de manera absoluta son inconstitucionales, y del amparo del Juez Quinto de Distrito, hasta esta fecha el Congreso mantiene los artículos del código penal que penalizan el aborto autoprocurado, dando espacio a condiciones de desigualdad, generando injusticia y poniendo en riesgo la salud de mujeres que desconocían que estaban amparadas y que podían ser asistidas por organizaciones para acompañarlas y asesorarlas.

Penalización no desaparece
Aunque tanto Arias como otras voces feministas lamentaron que la despenalización no fuera total, consideraron que era un paso para que el Congreso, que se rehusaba a subir al pleno el tema, finalmente legislara al respecto.

Arias también reveló que la iniciativa de Morena contenía un criterio progresista de 14 semanas para poder interrumpir el embarazo -teniendo como referente las legislaciones de Argentina y Chile- pero en el último momento fue desechado, dejando en la iniciativa las 12 semanas permitidas.
"Pudimos ser la vanguardia, pero le temieron al éxito", sostuvo.

En el caso de Sinaloa, desde marzo de 2022 el aborto voluntario está permitido hasta las 13 semanas de gestación. Además, en Guerrero se reformó el Código Penal local para permitir el aborto voluntario en cualquier momento del embarazo, sin que sea considerado como un delito.

Como parte del dictamen, se estableció que el aborto no será sancionable en los siguientes casos: cuando sea causado solo por imprudencia de la mujer o persona gestante; cuando el embarazo sea el resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida; cuando de no provocarse el aborto, la mujer o persona gestante corra peligro de muerte.

También, cuando a juicio de un médico especialista exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales en el mismo, siempre que se determine mediante dictamen médico y se tenga el consentimiento de la mujer o persona gestante.

Se precisa que, al que hiciere abortar a una mujer o persona gestante con consentimiento de ella, después de la décimo segunda semana de gestación, se le aplicarán de uno a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que empleare.

En las reformas, se considera el aborto forzado como la interrupción del embarazo, en cualquier momento de la gestación, sin el consentimiento de la mujer o persona gestante, hecho que se castigará con cuatro a ocho años de prisión; la pena será de ocho a 10 años de prisión si se aplica violencia física o moral.

Esta jornada terminó con cero votos en contra y cinco a favor de Eduardo Alcántara Montiel, Silvia Tanus Osorio, Gerardo Hernández Rojas, María Yolanda Gámez Mendoza y Erika Patricia Valencia Ávila y la abstención del morenista Fernando Sánchez Sasia, quien puso en duda la "necesidad de esta aprobación" pese a representar el partido que avala la lucha histórica de la izquierda feminista.

No asistió la legisladora del PAN Mónica Rodríguez Della Vecchia, la férrea antiabortista quien, desde casa, se pronunció desde sus redes sociales.

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