PRODECON abre sábados de abril para asesoría fiscal gratuita en Querétaro

Delegaciones de PRODECON atenderán presencial y a distancia los sábados 11, 18 y 25 de abril.

Contribuyente revisa documentos para declaración anual 2025 con asesoría gratuita de PRODECON en Querétaro

El servicio de orientación fiscal es gratuito y está disponible de forma presencial y remota para personas físicas.

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Querétaro, 27 de marzo de 2026. — Tres sábados de abril tendrán horario especial de atención para que las personas físicas reciban orientación gratuita sobre la presentación de su declaración anual del ejercicio fiscal 2025.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente habilitará sus oficinas centrales en la Ciudad de México y las 30 delegaciones del país —incluida la de Querétaro— los días 11, 18 y 25 de abril, de 09:00 a 15:00 horas, con servicio presencial y a distancia.


La medida busca reducir el rezago que suele acumularse en las últimas semanas antes del cierre del plazo fiscal. Cada año, millones de contribuyentes dejan la presentación para los días finales de abril, lo que satura tanto los sistemas del SAT como los módulos de atención.

Con la ampliación de horario sabatino, PRODECON pretende distribuir la demanda y evitar que errores de última hora generen multas o recargos para quienes tienen la obligación de declarar ante el SAT.

El servicio de asesoría no tiene costo. Quienes no puedan acudir de manera presencial a la delegación correspondiente cuentan con atención por correo electrónico, línea telefónica con lada sin costo para el interior del país y chat en línea disponible en el portal de la dependencia.

También está activo PRODEBOT, un asistente automatizado en el sitio oficial.

Asesoría fiscal gratuita: canales y fechas clave en Querétaro

Para ubicar la delegación más cercana, los contribuyentes pueden consultar el directorio en el sitio oficial de PRODECON.

La línea desde el interior de la República es el 800 611 0190, sin costo. En caso de dudas sobre obligaciones fiscales, el correo institucional también recibe consultas fuera de horario.

La fecha límite para cumplir con esta obligación es el 30 de abril de 2026. Quienes perciben ingresos por salarios de dos o más patrones, actividad empresarial, arrendamiento, honorarios o enajenación de bienes están obligados a presentarla.

No hacerlo a tiempo puede derivar en sanciones económicas que van desde multas fijas hasta recargos sobre el impuesto omitido.