Hereda tranquilidad y no problemas, septiembre mes del testamento

06 de Septiembre de 2018
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México, 6 Sep (Notimex).- Realizar un testamento es dejar tranquilidad a los seres queridos, ya que evita gastos mayores, pérdida de tiempo y problemas familiares, que en muchas ocasiones suelen pelear por la herencia de padres o abuelos.

De tal manera, si existe un testamento no hay necesidad de pasar por un juicio sucesorio intestamentario que es caro, tedioso y largo, de acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).



En su revista mensual Proteja su Dinero, el organismo explicó que con el testamento, al fallecer el testador, los bienes pasarán fácilmente y de forma inmediata a las personas que él haya designado y en la proporción dispuesta.




El Colegio Nacional del Notariado Mexicano explica que un testamento es un instrumento legal otorgado ante un notario público, en el que se manifiesta la voluntad del interesado sobre cuál será el destino que tendrán sus bienes y derechos cuando muera; es la herramienta ideal para garantizar la seguridad jurídica de los seres queridos, refirió.

Cualquier fecha es buena para realizarlo, no obstante, en septiembre existe una campaña por parte del Colegio Nacional del Notariado Mexicano y el Gobierno Federal, en la que todos los notarios del país extienden sus horarios de atención, brindan asesoría jurídica gratuita a las personas y bajan sus honorarios hasta en un 50 por ciento para facilitar y fomentar el otorgamiento de testamentos.

La Condusef detalló que ya que no es necesario que realizar una lista de pertenencias ni tampoco que se exhiban las escrituras de propiedades, sólo se requiere que se manifieste al notario, a qué persona o personas se quieren pasar todos los bienes.

En caso de querer dejar algún bien en especial a alguien, sí se tendrá que mencionar al notario la ubicación exacta del inmueble y el nombre completo de la persona a la que se heredará.



Agregó que si existen hijos menores de edad, es conveniente designarles un tutor en el testamento; que podrá ser cualquier persona, misma que se encargará de la guarda, custodia y representación del menor, cuando los padres hayan fallecido.




El tutor en ningún caso puede disponer de los bienes que le corresponden al menor, salvo con la autorización de un juez, aclaró.

Comentó además que si por alguna razón se desea realizar modificaciones al testamento, se puede hacer cuantas veces se desee y el último de ellos será el que cumplirá con la voluntad del fallecido.