Querétaro, 29 de mayo de 2026.- Socios de Costco en Querétaro denunciaron públicamente lo que considera un trato diferenciado en el acceso a sus tiendas, al señalar que la cadena privilegia a unos clientes sobre otros según el tipo de membresía.
De acuerdo con la denuncia, la cadena habría establecido un esquema en el que los socios con membresía de categoría superior ingresan de forma preferente desde la hora de apertura, mientras que quienes cuentan con la membresía básica deben esperar hasta un horario posterior para poder entrar.
Los inconformes sostienen que, tras hacer fila, en algunos casos personal de seguridad les niega el acceso en la puerta, hasta una vez atendidos los clientes preferentes.
La inconformidad apunta a la sucursal ubicada a un costado de Bernardo Quintana, aunque los denunciantes señalan que la práctica se percibe en todas tiendas de la cadena.
Qué reclaman los socios
Los consumidores afirman que el sector con la membresía básica es, a su consideración, el que sostiene buena parte del consumo de las tiendas, por lo que califican de injusto que se le relegue en el acceso. Sostienen que han llegado a formarse en filas para ingresar y que, al llegar a la puerta, se les niega el paso.

La denuncia también señala presunto acaparamiento de productos de alta demanda, como los pasteles, cuyo acceso —dicen— quedaría favorecido para quienes compran en grandes cantidades, en desventaja de los socios que no cuentan con la membresía de categoría superior.
Por estos hechos, los inconformes piden que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tome conocimiento del caso, al considerar que se vulneran los derechos de cualquier socio para realizar sus compras en igualdad de condiciones.
Qué dice la ley sobre el trato diferenciado
El reclamo se conecta con un punto expreso de la legislación. El artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que los proveedores que ofrecen bienes o servicios al público en general no pueden establecer preferencias o discriminación, tales como selección de clientela, condicionamiento del consumo o reserva del derecho de admisión, salvo por causas que afecten la seguridad o tranquilidad del establecimiento. PROFECO
La Profeco ha sostenido que el trato distinto entre clientes no constituye una política interna válida cuando vulnera derechos. La dependencia ha reiterado que el trato digno e igualitario es un derecho de toda persona consumidora y que a ninguna persona se le puede negar la compra de un producto por motivo de nacionalidad, apariencia o condición económica.
La única excepción que abre la norma es la restricción justificada por la seguridad o la tranquilidad del propio establecimiento.

Cómo presentar una queja
Quien considere haber recibido un trato diferenciado puede acudir a Profeco. La dependencia opera la plataforma Concilianet, donde el consumidor crea una cuenta y presenta su reclamación en línea; el servicio es gratuito y no tiene costo por registro ni por las audiencias.
Antes de iniciar, conviene verificar en concilianet.profeco.gob.mx que el proveedor esté inscrito en la plataforma, ya que solo las empresas que firmaron el convenio participan en el proceso digital.
Para orientación, la Profeco mantiene el Teléfono del Consumidor en el 800 468 8722, sin costo desde el interior del país, y el 55 5568 8722 en la Ciudad de México y zona metropolitana.
Al presentar la queja, el consumidor debe reunir facturas, recibos o publicidad relacionada, identificar con claridad al proveedor y describir con precisión el hecho reclamado.




