Aprueba ampliar prescripción de delitos sexuales en Querétaro

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Querétaro, 10 Noviembre 2020.- En sesión de la comisión de Administración y Procuración de Justicia de la LIX Legislatura del Estado de Querétaro, se aprobó con el voto de dos diputados asistentes, la modificación al código penal para incrementar la prescripción de delitos sexuales en contra de menores.

Con la ausencia por justificante del secretario de la comisión, Miguel Ángel Torres Olguín, la presidenta de la Comisión, Verónica Hernández Flores, celebró el esfuerzo de los legisladores para avalar proyectos de impacto en la protección de niñas, niños y adolescentes.

Afirmó era necesario este proyecto para adecuar y actualizar el marco jurídico en este sentido, ante el argumento de anticonstitucionalidad que utilizaban los agresores, por la deficiencia normativa.

“Hablamos de uno de los delitos más graves e irreparables que existen cometidos en contra de menores de edad, y de las disposiciones que le estado les otorga a estas víctimas para ayudar en consecuencia del daño, no sólo físico, sino emocional, moral e intelectual que se ha cometido en su contra. Hablamos del tiempo”, manifestó.

Por su parte, el legislador Néstor Domínguez Luna del partido Morena, se pronunció a favor de este dictamen, al señalar la defensa de los menores de edad ante la falta de arrojo para denunciar cuando son menores; y mucho más cuando el agresor es un familiar.

Admitió que este objetivo es una “causa justa” y una responsabilidad principal de los legisladores.

“Sin duda, en la bancada de Morena estaremos siempre a favor de impulsar leyes que vayan favoreciendo a la ciudadanía, y en esta ocasión, una modificación al código penal, votaremos a favor, sumándonos a las causas justas”, argumentó.

La iniciativa aprobada es de la autoría del legislador del Partido Acción Nacional, Agustín Dorantes Lámbarri, y propone una adición al artículo 117 Bis del Código penal del estado de Querétaro.

Establece que la prescripción de los delitos de violación, abuso sexual, estupro, acoso y hostigamiento sexual cometidos a un menor de edad comience a correr a partir de que la víctima cumpla 18 años.Actualmente, el marco normativo indica que el periodo de prescripción del delito es por 10 años, con la diferencia de que corre desde el momento en el que se cometa el delito.