Instan a SCJN a resolver como incondicional "Ley Garrote"

En el marco de la emergencia sanitaria del Covid-19, el Congreso del Estado aprobó diversas reformas al Código Penal del Estado que vulneraban derechos como a la libre manifestación, así lo advirtió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

08 de Marzo de 2023
Guardar
Instan a SCJN a resolver como incondicional "Ley Garrote".
Instan a SCJN a resolver como incondicional "Ley Garrote".
Las Noticias en Audio.

Querétaro, 8 de marzo eel 2023.- Se espera que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelva “pronto” la acción de inconstitucionalidad que se ingresó en contra de las reformas aprobadas durante la pandemia al Código Penal del Estado de Querétaro, advirtió Bernardo Romero, consejero nacional de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre la acción de inconstitucionalidad de la “Ley Garrote” que criminalizaba la protesta social.

Esto lo declaró, luego de que por segunda ocasión consecutiva la ministra Yasmín Esquivel Mossa retiró un proyecto que tenía previsto votarse en el pleno de la SCJN y que correspondía a la acción de inconstitucionalidad que la CNDH promovió en contra de la llamada “Ley Garrote.

Sin embargo, el proyecto de Esquivel Mossa buscaba avalar la constitucionalidad de las reformas al Código Penal, sin embargo, anunció que retiraba su propuesta, tras recibir observaciones de sus compañeros de la Corte.

“Es una ventaja que se haya detenido y ojalá la Corte las resuelva en favor de la inconstitucionalidad de esas normas. Me parecen evidentemente inconstitucionales. Son iniciativas cargadas de autoritarismo y de falta de visión jurídica”, declaró en tanto Romero.

Enfatizó que, una cosa es dictar medidas de emergencia, temporales y limitadas a ciertos temas, y otra es “aprovechar” e ingresar reformas "autoritarias".

Fue el 15 de enero del 2021, que la CNDH anunció que tras un “análisis minucioso” constató que varias de las reformas al Código Penal resultarían contrarias a los derechos y libertades de las personas, especialmente, a la seguridad jurídica, libertad de expresión, reunión, de manifestación y de tránsito.

Las reformas del Código Penal impugnadas fueron los artículos 127 BIS-1, 243, 221, 286, 288, 289, 293, 300, 303 y 304 y que fueron aprobados el 18 de diciembre del 2020 en el marco de la emergencia sanitaria del Covid-19.

Romero enfatizó que, en el caso del artículo 127-Bis, y que busca penalizar a quien padezca una “enfermedad grave en periodo infectante” y ponga en peligro de contagio la salud de otro, incluso resulta contrario a los tratados internacionales, pues no protege a nadie y sí estigmatiza a las personas, sobretodo a quienes forman parte de sectores vulnerables como la población que vive con VIH.

Archivado en