Cabildo exenta de impuesto a JAPAM por predio en Ojo de Agua

Cabildo de San Juan del Río aprobó por unanimidad exención de impuesto de traslado de dominio a JAPAM por predio en comunidad Ojo de Agua obtenido en dación de pago.

El Cabildo aprobó por unanimidad la exención del impuesto de traslado de dominio solicitada por JAPAM para un predio en Ojo de Agua.
El Cabildo aprobó por unanimidad la exención del impuesto de traslado de dominio solicitada por JAPAM para un predio en Ojo de Agua.

San Juan del Río, 28 de noviembre de 2025.- El Cabildo de San Juan del Río aprobó por unanimidad exentar del pago de impuesto de traslado de dominio a la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal (JAPAM) correspondiente a un predio ubicado en la comunidad de Ojo de Agua, mismo que fue adquirido mediante dación de pago y que se identifica como fracción número 3, informó la Secretaría del Ayuntamiento.

La determinación, respaldada con 14 votos a favor durante la sesión ordinaria de cabildo, se fundamenta en que el inmueble fue otorgado a JAPAM bajo el instrumento público número 14260 de fecha 29 de agosto de 2024, protocolizado ante el notario público Federico Gómez Vázquez, titular de la notaría 16 de la demarcación notarial de San Juan del Río.


El dictamen fue analizado previamente por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, que determinó procedente la solicitud presentada por el director de JAPAM. 

Sin embargo, la autoridad municipal no especificó el monto del impuesto que se exentará ni los detalles sobre la operación de dación de pago que originó la adquisición del predio.

De acuerdo con el punto aprobado, la exención fiscal busca facilitar la regularización patrimonial del organismo operador de agua en el municipio, que administra la infraestructura hidráulica y de saneamiento en la demarcación.