México, 29 Dic (Notimex).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró infundada la queja presentada por Morena contra el Partido Verde, por considerar que no se presentaron elementos de prueba suficientes para aplicar las medidas cautelares solicitadas por el instituto político.
En la queja presentada el 10 de diciembre ante la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) contra el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Morena solicitó aplicar medidas cautelares, a fin suspender el crédito que solicitó ese partido ante una institución financiera por 100 millones de pesos
El representante de Morena ante el INE, Horacio Duarte Olivares, aseguró que la diferencia entre la ministración total del PVEM correspondiente a 2015 y el monto de las multas que le fueron impuestas en este año superan la ministración total de ese partido, lo que implica que el Verde no puede ser sujeto de crédito bancario.
El 15 de diciembre Morena impugnó ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la supuesta omisión de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) respecto de pronunciarse sobre las medidas cautelares solicitadas en relación con la queja que presentó contra el Verde Ecologista, sobre el crédito que le fue otorgado.
De acuerdo con el proyecto aprobado en sesión pública por unanimidad, con el voto concurrente del magistrado ponente, Flavio Galván Rivera, Morena no presentó medios de prueba idóneos que sustentaran la solicitud del crédito bancario del PVEM a la institución financiera.
En cuanto a la adopción de medidas cautelares, los magistrados reconocieron que la Unidad Técnica de Fiscalización no podía pronunciarse sobre la adopción de esta figura, dado que el Reglamento de Fiscalización no la prevé.
El magistrado presidente del TEPJF, Constancio Carrasco Daza, opinó que al margen de que el reglamento no contempla la aplicación de medidas cautelares, la autoridad administrativa electoral deberá decidir sobre la aplicación o no de las mismas.
“La sola circunstancia de que el Reglamento de Fiscalización no prevea la posibilidad de dictar medidas cautelares, creo que ese es un tema que tendrá que responderlo en el fondo, cuando decida sobre la admisión (de la queja) el INE”, anotó.
“Creo que es un ejercicio que debemos dejar en este momento en manos del Instituto Nacional Electoral, una vez que se haya cumplido para mí la pretensión”, añadió Carrasco Daza.