INAI celebra decisión de la SCJN en defensa del acceso a la información

02 de Octubre de 2023
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INAI celebra decisión de la SCJN en defensa del acceso a la información . Depositphotos.
INAI celebra decisión de la SCJN en defensa del acceso a la información . Depositphotos.

México, 2 octubre de 2023.- (Imagen Ilustrativa/depositphotos) El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) elogió la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la controversia constitucional 280/23. 

Esta dictaminó como inconstitucional la falta de acción del Senado de la República al no nombrar a tres integrantes faltantes del Pleno del INAI.

La SCJN, en consecuencia, instruyó al Senado a realizar las designaciones necesarias de los comisionados pendientes durante el periodo ordinario de sesiones actual. 

Además, mientras se rectifica esta omisión, el Pleno del INAI podrá continuar sesionando con menos de cinco comisionados, siempre que lo haga con todos sus miembros actuales y de forma colegiada. En caso de empate, el voto decisivo será el del presidente del INAI.

Los argumentos de la mayoría del Pleno de la SCJN se centraron en cómo esta omisión compromete la autonomía del INAI y obstaculiza su función principal como defensor de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales en México.

La controversia constitucional 280/23 fue presentada en marzo, donde el INAI señaló la falta de nombramiento de tres comisionados por parte del Senado.

Blanca Lilia Ibarra Cadena, presidenta del INAI, junto con las comisionadas Norma Julieta del Río Venegas, Josefina Román Vergara, y el comisionado Adrián Alcalá Méndez, expresaron su aprobación hacia la decisión de la SCJN. 

Todos coinciden en que esta resolución demuestra el compromiso del tribunal con la defensa de los derechos de acceso a la información y protección de datos, y con la democracia en México.

Estiman que esta determinación permitirá que el Pleno del INAI se integre completamente y opere con el quórum especificado en la Ley Federal de Transparencia.

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