Inicia proceso para ajuste del 10% de utilidades

19 de Agosto de 2019
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Querétaro, 19 Agosto 2019.- Cada 10 años la Secretaría del Trabajo y Previsión Social debe poner a revisión las prestaciones que se otorgan a los trabajadores, y para este 2019, la discusión se centrará en revisar el porcentaje del 10% que actualmente se destina al pago de utilidades.

Los artículos 123 de la Constitución Política Mexicana y 127 de la Ley Federal del Trabajo, establecen que los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas, misma que no es opcional, y que debe pagarse a más tardar el 30 de mayo, si trabajas en una empresa; o antes del 30 de junio, si se trata de trabajadores que colaboran con una persona física.
La última vez que se realizó la revisión de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) fue en abril del 2009, mismo año en el que las organizaciones sindicales, federaciones y confederaciones, que representan a más del 51% de los trabajadores sindicalizados, solicitaron una revisión del porcentaje que se otorga.
A la fecha el pago asciende a 10% de las utilidades netas, la cual es determinada por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

Para esta revisión se pretende no solo modificar el porcentaje, si no además las garantías para hacer que sea justo el reparto de las utilidades.

Durante 2015, tan solo 8% de las empresas que conforman el padrón de contribuyentes registraron el pago de la participación de los trabajadores, de acuerdo con la información publicada por el Servicio de Administración Tributaria.

Algunas empresas han optado por cambiar el manejo de su planta laboral con tal de eludir el pago, además de realizar prácticas directas para no pagar esta prestación laboral.

Actualmente si el patrón incumple, es sujeto a multas que van desde 250 a 5,000 veces el salario mínimo, equivalente a montos de entre 25 mil y 513 mil pesos; mismas que pueden ser aplicadas por cada uno de los trabajadores afectados, los cuales tienen hasta un año para reclamar dicho pago.

De acuerdo a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, solo quedarán exentos del pago cuando se trate de organizaciones con menos de un año de funciones o cuyo ingreso anual declarado sea menor a 300 mil pesos, o se registren pérdidas en lugar de ganancias.

De acuerdo con la convocatoria para los trabajos de modificación de la PTU, las asambleas se realizarán el próximo 3 de octubre de 2019 y podrán participar los patrones debidamente registrados, así como patrones independientes y organizaciones sindicales.