Director de Tránsito sin sanción por escándalo en San Juan del Río

Director de Tránsito de San Juan del Río enfrenta investigación disciplinaria por actos fuera de servicio; Comisión de Honor y Justicia evalúa el caso.

Orlando Chávez Landaverde confirma proceso disciplinario; ley establece responsabilidad de policías 24 horas.
Orlando Chávez Landaverde confirma proceso disciplinario; ley establece responsabilidad de policías 24 horas.

San Juan del Río, 22 de agosto de 2025.- El secretario de Seguridad Pública Municipal de San Juan del Río, Orlando Chávez Landaverde, confirmó que el director de Tránsito Municipal enfrenta un proceso disciplinario ante la Comisión de Honor y Justicia, tras su detención por presuntos actos de indisciplina fuera de servicio, caso que reabre el debate sobre la responsabilidad permanente de los servidores públicos de seguridad conforme al marco legal vigente.

Durante una entrevista, Chávez Landaverde explicó que la Comisión de Honor y Justicia, órgano colegiado conformado por representantes ciudadanos y policiales que él mismo encabeza, es la instancia encargada de analizar conductas de indisciplina o posibles violaciones al reglamento dentro de la corporación, garantizando un proceso justo y transparente.


Principio de legalidad y debido proceso

“Nadie está por encima de la ley, aquel que comete un delito o incurre en conductas antisociales debe enfrentar las consecuencias”, afirmó Orlando Chávez Landaverde, quien funge como presidente de la comisión.

Sin embargo, el funcionario enfatizó: “También es nuestra obligación cumplir con el procedimiento y respetar los derechos, tanto de cualquier civil como de cualquier policía, hasta que se emita el fallo de esta comisión”.

El secretario de Seguridad señaló que, en su calidad de presidente del órgano disciplinario, está obligado a respetar los derechos y garantías del señalado, así como mantener la secrecía solicitada por los representantes legales del director de Tránsito, cuyo nombre no ha sido revelado oficialmente por las autoridades.

Detención fuera de servicio genera controversia

Por su parte, Nelly Martínez Trejo, secretaria del Órgano Interno de Control (OIC) del municipio, aclaró en entrevista aspectos fundamentales del caso que han generado debate público.

La funcionaria confirmó que el director de Tránsito no se encontraba ejerciendo funciones al momento de su detención, por lo que no portaba arma de cargo ni uniforme oficial, siendo remitido directamente al Juzgado Cívico.

“En el Órgano Interno de Control no tenemos abierto un procedimiento contra él como servidor público, ya que en ese momento no estaba desempeñando funciones oficiales. No podemos informar sobre algo que nosotros no tenemos”, declaró Martínez Trejo, delimitando las competencias de su dependencia.

Marco legal: responsabilidad permanente según la ley

La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública establece en su artículo 40 las obligaciones de los integrantes de las instituciones de seguridad pública, señalando que deben “conducirse siempre con dedicación y disciplina, con apego al orden jurídico y respeto a los derechos humanos”.

Crucialmente, el artículo 40, fracción XXVI indica que los elementos deben “abstenerse de realizar conductas que desacrediten su persona o la imagen de las instituciones, dentro o fuera del servicio”.

Por su parte, la Ley de Seguridad del Estado de Querétaro en su artículo 62 establece que los integrantes de las instituciones de seguridad están obligados a “observar un trato respetuoso con todas las personas” y “abstenerse de todo acto arbitrario”, sin distinción de si están o no en servicio activo.

El artículo 108 de la misma ley estatal específica que constituyen faltas de disciplina “las acciones u omisiones que afecten la imagen de la corporación”, incluyendo específicamente:

• Embriagarse dentro o fuera del servicio cuando afecte la imagen institucional

• Causar alteraciones en la vía pública

• Incurrir en faltas a la moral que trasciendan al ámbito público

• Realizar conductas que desprestigien a la institución

Sanciones aplicables según la normativa

La legislación contempla sanciones que van desde amonestación, suspensión, arresto hasta por 36 horas, cambio de adscripción hasta la destitución del cargo, dependiendo de la gravedad de la falta.

Para mandos medios y superiores, como es el caso de un director de Tránsito, las sanciones suelen aplicarse con mayor rigor dado su nivel de responsabilidad.

Proceso disciplinario en curso

La Comisión de Honor y Justicia, regulada por el artículo 123 de la Ley de Seguridad del Estado de Querétaro, tiene facultades para conocer y resolver sobre las faltas en que incurran los elementos policiales.

El proceso debe garantizar el derecho de audiencia y defensa, pero también debe velar por el prestigio y buen nombre de la institución.

El caso del director de Tránsito de San Juan del Río evidencia la aplicación práctica del principio legal de que los servidores públicos de seguridad mantienen su responsabilidad las 24 horas del día, tal como lo establece el marco normativo federal y estatal.

Las autoridades municipales mantienen hermetismo sobre detalles específicos del incidente, apegándose al principio de presunción de inocencia mientras la Comisión de Honor y Justicia determina si las conductas acreditadas ameritan sanciones conforme a la legislación aplicable.