Santiago de Chile, abril (SEMlac).- El proyecto de ley que penaliza el acoso sexual callejero fue aprobado por la Cámara de Diputados, por lo que se despachará al Senado, con lo cual será la primera vez que en Chile el tema llega a estas instancias del parlamento.
El proyecto indica que acoso sexual callejero se comprenderá cuando se realicen acciones sexuales distintas del acceso carnal que impliquen hostigamiento que intimide a la víctima, hostilidad, degradación, humillación u ofensa en un lugar público o de acceso público, arriesgando penas desde 61 a 541 días de cárcel.
En los casos de hostigamientos verbales o gestuales, las penas serán una multa de 68 dólares; mientras que el hostigamiento a través de conductas físicas o persecuciones intimidantes, así como actos exhibicionistas u obscenos, también implicará una multa, pero de hasta 680 dólares.
Se contempla asimismo una multa de hasta 680 dólares para la difusión de imágenes del cuerpo de otra persona o una parte de él.
Esta ley ha sido impulsada por el Observatorio de Acoso Callejero, que trabaja desde 2013 visibilizando la realidad del acoso sexual público. En 2015 llevó adelante una campaña de visibilización del acoso y una encuesta que mostró la realidad del país respecto de este tema.
En el estudio se constató que la gran mayoría de las mujeres en Chile ha sido acosada de alguna manera, y que estos actos comienzan en promedio a los 12 años de edad, encuesta que se encuentra disponible en www.ocacchile.org/encuesta-2015-esta-chile-dispuesto-a-sancionar-el-acoso-callejero/, y que es la primera de su tipo en el país.
Para Arelis Uribe, directora de Comunicaciones de OCAC Chile, la aprobación de la ley en primera instancia es "señal de que el acoso sexual en espacios públicos es un problema global. Esperamos que este apoyo transversal se mantenga en el Senado. Es una señal para el resto del mundo de que Chile puede ser vanguardia en temas de género", señaló a SEMlac.
La aprobación, además, sucede justo en la semana internacional contra el acoso callejero, en la que esta organización lanzó #NoEsMiCultura, la primera campaña coordinada de los OCAC latinoamericanos. Por: Tamara Vidaurrázaga Aránguiz
El proyecto indica que acoso sexual callejero se comprenderá cuando se realicen acciones sexuales distintas del acceso carnal que impliquen hostigamiento que intimide a la víctima, hostilidad, degradación, humillación u ofensa en un lugar público o de acceso público, arriesgando penas desde 61 a 541 días de cárcel.
En los casos de hostigamientos verbales o gestuales, las penas serán una multa de 68 dólares; mientras que el hostigamiento a través de conductas físicas o persecuciones intimidantes, así como actos exhibicionistas u obscenos, también implicará una multa, pero de hasta 680 dólares.
Se contempla asimismo una multa de hasta 680 dólares para la difusión de imágenes del cuerpo de otra persona o una parte de él.
Esta ley ha sido impulsada por el Observatorio de Acoso Callejero, que trabaja desde 2013 visibilizando la realidad del acoso sexual público. En 2015 llevó adelante una campaña de visibilización del acoso y una encuesta que mostró la realidad del país respecto de este tema.
En el estudio se constató que la gran mayoría de las mujeres en Chile ha sido acosada de alguna manera, y que estos actos comienzan en promedio a los 12 años de edad, encuesta que se encuentra disponible en www.ocacchile.org/encuesta-2015-esta-chile-dispuesto-a-sancionar-el-acoso-callejero/, y que es la primera de su tipo en el país.
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El conductor del Toyota Yaris con placas de Querétaro salió ileso del aparatoso impacto registrado este sábado.
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