Querétaro, 14 Oct 14.- En los últimos minutos de ayer, trascendió que la Comisión Electoral de la Universidad Autónoma de Querétaro, declaró como procedente las quejas interpuestas contra la Directora de las Preparatorias, Rosy Ramírez Cabrera, el alumno de posgrado, José Antonio Martínez Mendoza, conocido como “el Tasta” y el maestro, Alejandro Ramírez, por realizar proselitismo a favor del Rector Gilberto Cabrera Ruiz.
De acuerdo a la información, la decisión de la Comisión Electoral fue dar paso a las inconformidades interpuestas y de acuerdo a los lineamientos del Proceso de Elección de Rector para el periodo 2015-2018 será el pleno el Consejo Universitario quien establezca las sanciones para dichos comportamientos.
Ramírez Cabrera, directora de Prepas, encabezó las impugnaciones tras hacer pronunciamientos a medios de comunicación a favor de Gilberto Herrera, menospreciando el registro de los otros dos candidatos Carlos Praxedis y Vicente López Velarde.
Mientras tanto, el maestro Alejandro Ramírez y el alumno de Posgrado, conocido como “El Tasta” también serán sancionados al declararse como procedente la inconformidad puesta por los grupos de campaña, al mantener en Internet páginas haciendo proselitismo a favor del Rector.
De acuerdo a los lineamientos los comportamientos anteriores son conductas atentatorias a los procesos electorales universitarios, vulnerando la Ley Orgánica Universitaria, su estatuto orgánico y demás disposiciones aplicables.
Cabe recordar que candidatos, maestros, empleados y alumnos tienen prohibido realizar actos de proselitismo dentro de las oficinas administrativas, aulas o cubículos y en horario de clase, denostar a cualquier candidato o miembro de la comunidad universitaria, de palabra o de obra o mediante la utilización de medio impreso o electrónico, así como ejercer coacción o actos de intimidación para que se vote a favor o en contra de algún candidato.
También tienen prohibido hacer uso de las redes sociales (Internet) propias o ajenas en beneficio o perjuicio de cualquier miembro de la comunidad universitaria inmerso el proceso electoral 2015-2018.
Se establece que las conductas infractoras en el caso de los candidatos van desde la amonestación pública por la Comisión Electoral o la cancelación del registro del candidato, mientras que los maestros y alumnos que incurran en conductas reprobables y sancionables, se turnarán al Consejo Universitario para que inicie el procedimiento que corresponda a la aplicación de la sanción respectiva
De acuerdo a la información, la decisión de la Comisión Electoral fue dar paso a las inconformidades interpuestas y de acuerdo a los lineamientos del Proceso de Elección de Rector para el periodo 2015-2018 será el pleno el Consejo Universitario quien establezca las sanciones para dichos comportamientos.
Ramírez Cabrera, directora de Prepas, encabezó las impugnaciones tras hacer pronunciamientos a medios de comunicación a favor de Gilberto Herrera, menospreciando el registro de los otros dos candidatos Carlos Praxedis y Vicente López Velarde.
Mientras tanto, el maestro Alejandro Ramírez y el alumno de Posgrado, conocido como “El Tasta” también serán sancionados al declararse como procedente la inconformidad puesta por los grupos de campaña, al mantener en Internet páginas haciendo proselitismo a favor del Rector.
De acuerdo a los lineamientos los comportamientos anteriores son conductas atentatorias a los procesos electorales universitarios, vulnerando la Ley Orgánica Universitaria, su estatuto orgánico y demás disposiciones aplicables.
Cabe recordar que candidatos, maestros, empleados y alumnos tienen prohibido realizar actos de proselitismo dentro de las oficinas administrativas, aulas o cubículos y en horario de clase, denostar a cualquier candidato o miembro de la comunidad universitaria, de palabra o de obra o mediante la utilización de medio impreso o electrónico, así como ejercer coacción o actos de intimidación para que se vote a favor o en contra de algún candidato.
También tienen prohibido hacer uso de las redes sociales (Internet) propias o ajenas en beneficio o perjuicio de cualquier miembro de la comunidad universitaria inmerso el proceso electoral 2015-2018.
Se establece que las conductas infractoras en el caso de los candidatos van desde la amonestación pública por la Comisión Electoral o la cancelación del registro del candidato, mientras que los maestros y alumnos que incurran en conductas reprobables y sancionables, se turnarán al Consejo Universitario para que inicie el procedimiento que corresponda a la aplicación de la sanción respectiva




