México, 25 enero 2024.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó, de manera unánime, la decisión de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) de desechar las quejas presentadas contra Xóchitl Gálvez.
Las acusaciones, que señalaban la realización de actos anticipados de campaña y el uso indebido de recursos públicos, así como la creación de un registro electoral paralelo, fueron consideradas infundadas.
Los denunciantes habían apelado los acuerdos iniciales, alegando que el análisis de los hechos por parte de la autoridad había sido erróneo y que se habían emitido juicios de fondo inapropiados.
Sin embargo, durante la sesión pública, los magistrados Janine Otálora Malassis y Felipe de la Mata Pizaña argumentaron que el desechamiento de las quejas se basó en una evaluación preliminar en la que no se encontraron indicios suficientes para asumir la existencia de las conductas alegadas.
Además, se señaló que la evidencia presentada por los recurrentes no era suficiente para justificar una investigación más profunda por parte de la autoridad electoral.
Dado que no se detectaron infracciones preliminares en el ámbito electoral, los acuerdos impugnados (SUP-REP-636/2023 y SUP-REP-29/2024) quedaron confirmados, cerrando así el caso en contra de Gálvez.