México, 31 dic (EFE).- El maltrato físico contra menores de edad, sea leve, moderado o grave, y que tenga por objeto causar cierto grado de dolor o malestar, constituye un castigo corporal y un trato cruel y degradante para el ser humano, determinó este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México.
Además, señaló que cualquier castigo que busque menospreciar, humillar, denigrar, amenazar, asustar o ridiculizar son acciones que van en el mismo sentido.
Mediante un comunicado, la Primera Sala de la SCJN, a través de una tesis, consideró que "esto resulta incompatible con la dignidad y los derechos de los menores de edad a su integridad personal y a su sano desarrollo integral".
Por lo tanto, dijo que "la erradicación del castigo corporal y los tratos crueles y degradantes son una necesidad apremiante en nuestra sociedad, que vincula a no justificar tales conductas como método correctivo o de disciplina para la niñez, en ningún ámbito".
Para ello, la Primera Sala evocó, entre otras leyes, el artículo cuarto de la Constitución mexicana "que reconoce el derecho de la niñez a un sano desarrollo integral".
En consonancia con ello, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su artículo 13 dicta los derechos de los menores de edad "a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral, así como a vivir una vida libre de violencia y a la integridad personal".
Además, la Primera Sala advirtió sobre la problemática del castigo corporal y los tratos crueles y degradantes a niñas, niños y adolescentes, particularmente en México, donde históricamente se ha normalizado y aceptado tanto en los ámbitos familiares como de educación y readaptación de la infancia.
Dijo que este tipo de conductas "ha tenido consecuencias directas en la forma de asimilar la violencia que se vive en este país, por lo que es apremiante la necesidad de erradicación como formas de disciplina".
Según distintas organizaciones, en México por lo menos un 60 % de los menores de 14 años han recibido alguna vez castigo físico o psicológico y en 8 de cada 10 casos de maltrato infantil los responsables son la madre o el padre.
Además, señaló que cualquier castigo que busque menospreciar, humillar, denigrar, amenazar, asustar o ridiculizar son acciones que van en el mismo sentido.
Mediante un comunicado, la Primera Sala de la SCJN, a través de una tesis, consideró que "esto resulta incompatible con la dignidad y los derechos de los menores de edad a su integridad personal y a su sano desarrollo integral".
Por lo tanto, dijo que "la erradicación del castigo corporal y los tratos crueles y degradantes son una necesidad apremiante en nuestra sociedad, que vincula a no justificar tales conductas como método correctivo o de disciplina para la niñez, en ningún ámbito".
Para ello, la Primera Sala evocó, entre otras leyes, el artículo cuarto de la Constitución mexicana "que reconoce el derecho de la niñez a un sano desarrollo integral".
En consonancia con ello, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su artículo 13 dicta los derechos de los menores de edad "a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral, así como a vivir una vida libre de violencia y a la integridad personal".
Además, la Primera Sala advirtió sobre la problemática del castigo corporal y los tratos crueles y degradantes a niñas, niños y adolescentes, particularmente en México, donde históricamente se ha normalizado y aceptado tanto en los ámbitos familiares como de educación y readaptación de la infancia.
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El director del FBI Kash Patel se reunió con autoridades de la SSPC y la FGR para acordar el fortalecimiento de la cooperación seguridad México Estados Unidos. Fotos: @OHarfuch
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