El presidente del gobierno español, Mariano Rajoy, confirmó este jueves al jefe de gobierno catalán, Carles Puigdemont, la solicitud de la medida al Senado, una vez constatado que no se rectifica ante la declaración de independencia anunciada el 10 de octubre.
El artículo 155 de la Constitución Española consta de dos párrafos, y precisa que “Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España”, el gobierno lo podrá aplicar.
Recuerda que se realizará previo requerimiento al presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones.
El segundo párrafo establece que “para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas”.
El Consejo de Ministros se reunirá de forma extraordinaria este sábado para “aprobar las medidas que se elevarán al Senado a fin de proteger el interés general de los españoles, entre ellos los ciudadanos de Cataluña, y restaurar el orden constitucional en la Comunidad Autónoma”.
En un comunicado, el gobierno español precisó que “pondrá todos los medios a su alcance para restaurar cuanto antes la legalidad y el orden constitucional, recuperar la convivencia pacífica entre ciudadanos y frenar el deterioro económico que la inseguridad jurídica está causando en Cataluña”.
El Senado recibirá la petición del ejecutivo y su Mesa Directiva trasladará el asunto a la Comisión de Comunidades Autónomas, que requerirá alegaciones a Puigdemont, quien tendrá unos días para responder antes de que la cámara celebre el pleno en que se voten las medidas.
Con este procedimiento la aplicación del artículo 155 podría estar autorizada a finales de octubre, con la mayoría absoluta del gobernante Partido Popular (PP) en esa cámara, más el apoyo del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Ciudadanos.
Desde su redacción en 1978 el artículo 155 nunca antes se ha aplicado y no cuenta con una Ley Orgánica que regule las medidas que se pueden adoptar, por lo que la aprobación del Senado generará los primeros contenidos legislativos dedicada a esta materia.
La primera parte del artículo ya se cumplió con el requerimiento que entre los días 11 y 19 de octubre dio Rajoy a Puigdemont para aclarar si había declarado o no la independencia.
El único antecedente de requerimiento similar se hizo en 1989, cuando el gobierno de Felipe González pidió al de Islas Canarias una aclaración en materia tributaria, que tras ser respondido de forma satisfactoria no hizo falta solicitar la aplicación de artículo.
La medida no implica la suspensión de la autonomía, pero sí la intervención parcial o total por parte del gobierno español, lo que se conocerá una vez presentadas las medidas el sábado por el Consejo de Ministros.
De momento se desconocen las medidas que aplicará el gobierno español, pero entre las hipótesis que se barajan destaca la destitución de Puigdemont y su gobierno, el control de las finanzas, y la continuidad de los servicios públicos esenciales.
Asimismo, se podría dar el control de la policía autónoma (Mossos d`Esquadra), de la educación y salud, y posiblemente de la entidad de medios de comunicación públicos.