Aprueban diputados Ley Electoral en Querétaro

25 de Mayo de 2017
Guardar
ley-electoral-queretaro
ley-electoral-queretaro
Querétaro, 25 Mayo 17.- En Sesión de Pleno de la LVIII legislatura, se aprobó una nueva Ley Electoral para el Estado de Querétaro, luego de haber pasado por el análisis de la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales.

La Presidenta de dicha Comisión y de la Mesa Directiva, Ma. del Carmen Zúñiga Hernández, indicó que hay cambios sustanciales, que tienen que ver con la ampliación del glosario para dar mayor claridad a la Ley, además de que se elimina el artículo relativo a la descripción de las secciones que conforman los diferentes distritos, ya que consideran esto es competencia solo del Instituto Nacional Electoral.

También se adopta un lenguaje incluyente con lo que se enfatiza la importancia de la igualdad jurídica entre hombres y mujeres, así como incluir la violencia política de género dentro de los artículos 34, 99 y 100.

Además de que se adiciona el término de “paridad horizontal” a fin de que las candidaturas sean 50 por ciento para hombres y 50 por ciento para hombres en las candidaturas a las Presidencias Municipales y Ayuntamientos.

Respecto a las candidaturas independientes se aprobó una reserva realizada por el legislador Carlos Lázaro Sánchez Tapia, para que se les solicite el aval del 2 por ciento de la lista nominal de electores y no el 2.5 por ciento como se aprobó en la Comisión.

Mientras que para la constitución de Partidos Políticos Locales, se requerirá el 0.26% de militantes del padrón electoral y tener el 3 por ciento de la votación en el proceso electoral siguiente a su creación.

Para los diputados plurinominales se cambiaron los criterios de elección ya que ahora se tendrán dos listas de candidatos, la primera dada por los partidos políticos y otra que realizará el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) con los candidatos no ganadores de cada partido, por lo que se elegirá a uno de cada lista comenzando por la lista de los partidos políticos.

Se incrementó el porcentaje de recursos económicos que se dará a los Partidos Políticos para la capacitación de mujeres pasando de un 3 por ciento a un 5 por ciento del financiamiento público ordinario.

Los plazos de campaña serán de 60 días para la elección de gobernador y 45 para diputaciones y ayuntamientos, mientras que se incorporó la prohibición de pintas promocionales de candidatos en cualquier propiedad pública y privada esto para garantizar los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

Cabe destacar que el plazo para aprobar dicha ley y pueda tener vigencia para las siguientes elecciones era el 2 de junio próximo, por lo que lo hicieron en tiempo y forma y podrá aplicar para el proceso electoral 2017-2018 que comienza en septiembre de este año.