PRD debe acatar resolución para renovar su dirigencia nacional Tribunal

12 de Octubre de 2017
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México, 12 Oct (Notimex).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al PRD que en un plazo de 60 días naturales realice los actos jurídicos a que haya lugar, de acuerdo con su normativa interna, para renovar la dirigencia nacional partidista y que ésta rinda protesta e inicie sus funciones.

La Comisión Nacional Jurisdiccional perredista, a través de la resolución QO/NAL/142/2017 y su acumulada QO/NAL/144/2017, instruyó a los órganos internos de dicho instituto político a que emitieran la convocatoria respectiva para la renovación de la dirigencia nacional.

Sin embargo, los citados órganos fueron omisos en su cumplimiento y no se emitió la convocatoria instruida por la Comisión Nacional Jurisdiccional del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Un militante del PRD promovió ante el Tribunal Electoral federal el juicio ciudadano SUP-JDC-633/2017, en el que hizo valer que desde abril de este año, acudió a las diferentes instancias internas del partido, a fin de iniciar el proceso de renovación de los órganos directivos.

El pasado 24 de agosto, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el juicio mencionado, ordenó que conforme a los procedimientos que indica su normatividad, se realizara la renovación de los órganos de dirección nacional.

No obstante, el partido político omitió llevar a cabo la renovación instruida por la Comisión Nacional Jurisdiccional.

En sesión privada, los magistrados, en el incidente de imposibilidad de cumplimiento del juicio ciudadano 633/2017, señalaron que no existe la imposibilidad jurídica y material que manifiesta el PRD, para organizar su elección interna de renovación de la dirigencia nacional.

Lo anterior, toda vez que las causas alegadas (situación financiera del partido e inicio del proceso electoral), son consecuencia de la conducta asumida por este instituto político, que vulneró lo establecido en su normativa.

También infringió los plazos de ejecución para la renovación de su dirigencia nacional, a fin de colocarse en una circunstancia que le permitiera aducir la supuesta imposibilidad.

Por ello, ante el incumplimiento el TEPJF resolvió, por unanimidad, fijar al partido un plazo de 60 días naturales para que realice los actos jurídicos a que haya lugar, de acuerdo con su normativa interna, a fin de renovar la dirigencia nacional partidista y que ésta rinda protesta e inicie sus funciones.

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