México, marzo (SEMlac).- (depositphotos) El Senado mexicano discute iniciativas para prevenir la violencia obstétrica, ya que tres de cada 10 mujeres han sido víctimas de maltrato o alguna forma de violencia en la atención de todas las etapas del proceso gestacional, que además de daño físico provoca daño psicológico.
El 33 por ciento de mujeres que dieron a luz afirmaron haber sufrido algún maltrato por el personal de salud; 43 por ciento que parió, aseguró haberlo hecho a través de cesárea, de las cuales el 10 por ciento reporta que no se le informó el motivo de la realización de dicha intervención y, otro 10 por ciento, dijo que no le pidieron autorización para efectuarla.
"Dichos datos hablan de la urgencia de generar un espacio de seguridad jurídica para la madre, persona gestante, padre y recién nacido y nacida", señala el senador Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política, en la iniciativa para prevenir la violencia obstétrica.
La propuesta del senador reforma la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a efecto de definir la violencia obstétrica como toda acción u omisión ejercida dentro de la esfera de atención médica por el personal de salud, consistente en la manipulación, desinformación intencionada, abuso de medicación, patologización de procesos naturales, imposición de tratamientos médicos y la utilización de estos cuando es innecesario.
Además, plantea especificar las conductas que constituyen violencia obstétrica, tales como el maltrato físico y psicológico, la falta de atención oportuna de las emergencias obstétricas, los actos de humillación, abuso verbal e insultos.
También la ejecución de cesáreas injustificadas y sin el consentimiento expreso e informado de la mujer, así como la realización de procedimientos autoritarios para imponer un método anticonceptivo u obstaculizar el apego inmediato de la niña o niño con la madre, sin causa médica justificada, entre otras.
Finalmente propone incorporar a la Ley General de Salud que toda mujer embarazada tendrá derecho a un trato digno y con perspectiva intercultural en los servicios de salud y atención médica, así como libre de violencia obstétrica.
Monreal Ávila explicó que la violencia obstétrica se manifiesta durante la atención del embarazo, parto y postparto, y consiste en cualquier acción u omisión por parte del personal de salud que cause un daño físico o psicológico en la mujer en esas etapas.
Esta conducta, detalló, se caracteriza por la falta de acceso a servicios de salud reproductiva, un trato cruel, inhumano y humillante y el abuso de medicaciones o tratamientos innecesarios, lo que menoscaba el derecho de las mujeres a decidir de manera libre e informada respecto de sus procesos reproductivos.
Iniciativa para prevenir violencia obstétrica contra mujeres privadas de la libertad
También en el Senado de la República, la senadora Nancy de la Sierra Arámburo, integrante del Grupo Plural de la LXV Legislatura, presentó un proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de violencia obstétrica contra las mujeres privadas de la libertad.
En los argumentos se señala que, en los últimos 20 años, el porcentaje de mujeres encarceladas aumentó más del 50 por ciento, lo que no guarda relación con el aumento de la población en general, sino con la política criminal que carece de una perspectiva de género.
En el caso de México, más de 12.400 mujeres se encuentran privadas de la libertad y más de la mitad de ellas siguen a la espera de su juicio, ya están en tal condición como una medida cautelar.
Define como violencia obstétrica toda acción u omisión por parte del personal del Sistema Nacional de Salud que cause un daño físico o psicológico a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio; que se exprese en la falta de acceso a servicios de salud reproductiva, un trato inhumano o degradante, o un abuso de medicación, menoscabando su capacidad de decidir libre e informadamente sobre dichos procesos reproductivos.
La iniciativa demanda que las mujeres privadas de la libertad deberán recibir la atención médica especializada durante la gestación, el parto y el período de posparto y lactancia, así como el derecho de recibir información sobre su condición médica de manera precisa y oportuna basada en evidencia científica, sin sesgos, libre de estereotipos y discriminación, e incluir un plan de parto ante la institución de salud que asistirá el nacimiento y el derecho al contacto materno filial.
Otras reclamaciones son: atención y apoyo psicológico especializado; no ser sometidas a cualquier examen o procedimiento médico, incluyendo aquellos vinculados con la salud sexual y reproductiva, sin su consentimiento previo, libre, informado y voluntario.
Guardar la privacidad, de modo tal que no se brinde información a los hospitales o centros de salud sobre los motivos de detención y la situación procesal de las mujeres. Asimismo, se debe velar por la confidencialidad durante todo el proceso.
Promueve la capacitación del personal penitenciario sobre la temática del parto respetado, sobre el modo de actuar frente al preparto, y la importancia de hacerlo de modo eficiente y sensible a la situación particular de las mujeres detenidas en esta situación, a fin de que puedan atender con urgencia las quejas y preocupaciones relacionadas con el embarazo.
Las mujeres embarazadas deberán ser trasladadas a la mayor brevedad posible a hospitales civiles para el trabajo de parto. Si ello no fuere posible, el parto debe ser atendido por un especialista médico, en instalaciones aptas para el nacimiento de un o una bebé.