Se fortalece la Ley Vicaria y es obligación del Estado proteger a las mujeres

Por Elda Montiel ([email protected])

NOTICIAS SEMLAC
04 de Diciembre de 2023
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Se fortalece la Ley Vicaria y es obligación del Estado proteger a las mujeres.
Se fortalece la Ley Vicaria y es obligación del Estado proteger a las mujeres.

México, diciembre (SEMlac).- (Imagen Ilustrativa/depositphotos) La Cámara de Diputados aprobó para efectos federales reformas para penalizar y darle marco jurídico a la "violencia vicaria".

Se trata de un paso histórico, destacó Julieta Kristal Vences, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, puesto que la conocida como violencia vicaria, afecta a miles de mujeres en el país.

Lo legislado se refiere a establecer las medidas contra ese delito que se comete contra la madre utilizando a sus hijas e hijos, a veces a través de terceras personas, aunque en general el victimario suele ser el cónyuge.

En la reforma, explicó Vences Valencia, se incluyó limitar la patria potestad cuando se ejerza violencia. Y sus alcances son nacionales, puesto que se mandata a los congresos locales para que en sus marcos jurídicos se establezca que un agresor sentenciado por este delito pierda la patria potestad y "de ninguna manera pueda recuperarse".

Las reformas, que serán enviadas al ejecutivo para su promulgación, precisan la definición de "violencia familiar como un acto abusivo de poder u omisión intencional dirigido a dominar, someter, controlar o agredir de manera física, verbal, psicoemocional, patrimonial, económica o sexual a cualquier miembro de la familia, dentro o fuera del hogar.

Por unanimidad -452 votos a favor-, las y los legisladores aprobaron reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a los códigos Civil y Penal federales, para definir de manera más clara y tipificar como delito la "violencia a través de interpósita persona", en la que se utiliza a otras personas para causar un daño a la madre.

La presidenta de la Comisión de Igualdad reconoció a las colectivas y a las víctimas que claman por sus derechos y por erradicar este tipo de violencia, y les expresó que las legisladoras las han escuchado. Esta es justicia para cientos de mujeres.

Esas mujeres se han visto obligadas, incluso, a seguir viviendo al lado de sus agresores; han sido difamadas, acusadas de delitos falsos para que pierdan la guardia y custodia de sus hijas e hijos.

La diputada morenista Aleida Alavez Ruiz, coordinadora del Grupo Plural de Igualdad Sustantiva, destacó que el dictamen se propone incrementar las penas previstas por violencia familiar a quien la cometa, hasta en una tercera parte, y explicó que de esta manera hace visible la violencia ejercida contra las mujeres a través de sus hijas, hijos, familiares o personas allegadas.

María del Rocío Corona Nakamura, diputada del Partido Verde Ecologista, se pronunció por incentivar la cultura de la denuncia y erradicar la vieja práctica del silencio, ya que el daño ocasionado a la mujer por la violencia vicaria es irreversible.

María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada de Movimiento Ciudadano, expresó que para las mujeres la violencia nunca será la vía para resolver los problemas que existen en las parejas. La violencia familiar constituye una grave violación a los derechos humanos de las mujeres, que produce daños y secuelas.

Indicó que la legislación reconoce diferentes tipos de violencia contra las mujeres; la trascendencia de que estén en la ley, además de tener consecuencias, hace visible esta problemática.

El proyecto aprobado en San Lázaro y que ya había avanzado en el Senado de la República, será turnado al Ejecutivo Federal para su publicación oficial.

Especificaciones de la Ley Vicaria
La Ley refiere que la "violencia a través de interpósita persona" es "cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido vínculo de matrimonio o concubinato o mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora".

Deberán establecer que esas faltas serán tomadas como causales de divorcio, pérdida de patria potestad y restricción del régimen de visitas y como impedimento para acceder a la guardia y custodia de niñas, niños y adolescentes.

Ello ocurrirá también cuando se incite o fomente actos de violencia psicológica que descalifiquen a la figura materna, afectando el vínculo entre madre e hijos.
El concepto aplicará para acciones como ocultar, retener, sustraer a hijas o hijos, familiares o personas allegadas.

Asimismo, se configurará ese tipo de violencia cuando se promuevan acciones legales a partir de hechos falsos o inexistentes para obtener la guarda, custodia, cuidados y atenciones de los hijos u otros familiares, así como para ocasionar la pérdida de la patria potestad de hijos en común.

El concepto aplicará incluso cuando la persona agredida no cohabite en el mismo domicilio. Se incluye igualmente el condicionamiento del cumplimiento de las obligaciones alimentarias con hijos e hijas y las mujeres, y también será violencia a través de interpósita persona.

Cuando esas conductas se presenten, dicen las reformas, el Estado tendrá la responsabilidad de proteger a la mujer y garantizar sus derechos, incluso si los hijos viven, se encuentran o residen en el extranjero

Las conductas que caracterizarán ese delito -agrega la reforma- serán amenazas con causar daño a las hijas e hijos; con ocultar, retener, sustraer a hijas o hijos fuera del domicilio o de su lugar de residencia habitual.

También, el uso de los hijos e hijas para obtener información sobre la madre, promover, incitar o fomentar actos de violencia física de hijos e hijas contra la madre.

La presidenta de la Comisión de Igualdad e integrante de la bancada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Julieta Vences, indicó que la reforma facultará a los poderes legislativos en el orden Federal y estatal, a tipificar el tipo de violencia señalada.

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