SAT debe informar de facturas de servicios de salud de Quintana Roo

19 de Mayo de 2018
Guardar
sat-debe-informar-de-facturas-de-servicios-de-salud
sat-debe-informar-de-facturas-de-servicios-de-salud
México, 19 May (Notimex).- Por instrucción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá dar a conocer las facturas o comprobantes fiscales digitales por Internet emitidos a favor de los sistemas de salud de Quintana Roo en 2016.

En un comunicado, el INAI refirió que un particular solicitó las facturas y se inconformó luego que el Sistema argumentó que dicha información estaba clasificada como confidencial y protegida por el secreto fiscal.

Refirió que la autoridad fiscal reiteró la clasificación, al señalar que contienen datos proporcionados por los contribuyentes u obtenidos en el ejercicio de sus facultades de comprobación, los cuales está obligado a proteger, de conformidad con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

Sin embargo, en el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado presidente, Francisco Javier Acuña Llamas, se determinó que los servicios estatales de salud, al ser un organismo descentralizado de la administración pública estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, constituye una persona moral de derecho público.

Se trata, explicó, de una entidad de carácter público sujeta al principio de transparencia, toda vez que ejerce recursos de la federación, así como del estado de Quintana Roo y sus municipios.

Por tanto, concluyó que las facturas o comprobantes fiscales emitidos por el SAT a favor de dichos servicios no pueden estar protegidos por el secreto fiscal porque derivan del ejercicio de recursos públicos.

Por ello, el pleno del INAI revocó la respuesta del SAT y le instruyó entregar a la particular las facturas emitidas a favor de los servicios estatales de salud estatales en 2016 y que en caso de que contenga datos como el Registro Federal de Contribuyentes de alguna persona física o la CLABE interbancaria, deberá elaborar versiones públicas.

Archivado en