Profepa clausura casa de campo en terrenos forestales de Choix, Sinaloa

03 de Abril de 2018
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Mazatlán, 3 Abr (Notimex).- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) impuso como medida de seguridad la clausura total temporal, así como la suspensión total temporal de la construcción de una casa de campo y un agostadero, en terrenos forestales del ejido Mezquite Caído, en el municipio de Choix.

La dependencia estatal indicó, en un comunicado, que en atención a una denuncia ciudadana por desmonte, tala y aprovechamientos forestales, personal actuante la Profepa realizó una visita de inspección y encontró una afectación total de 4.41 hectáreas de superficie forestal, sin autorizaciones de cambio de uso de suelo en terrenos forestales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).



La Profepa inició un procedimiento administrativo a través del cual la Profepa impondrá las medidas correctivas y, en su caso, las medidas de mitigación y compensación para la reparación de los daños ambientales ocasionados, conforme a lo señalado en el Código Penal Federal.




Señaló que se presentará denuncia penal ante el Ministerio Público Federal, contra quien resulte responsable de la afectación.

Con la remoción de los terrenos, los inspectores de la Profepa constataron la afectación de géneros y especies forestales, como son Luma apiculata, Bursera simaruba, Bombacopsis quinatum y Mitrocereus fulviceps, conocidas comúnmente como palo colorado, papelillo, pochote y cardón.

De la misma forma, se localizó un aprovechamiento de materias primas forestales consistentes en postes y horcones de Palo colorado y Pochote, el cual se realizaba sin la autorización federal correspondiente que expide la Semarnat.

Se colocaron los sellos de clausura correspondientes, a efecto de garantizar que no se continúe con la afectación al ecosistema forestal sin contar previamente con un estudio técnico justificativo aprobado por la Semarnat.

La especie cardón (Mitrocereus fulviceps) cuenta con categoría de protección especial en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, lo cual, aunado al cambio de uso de suelo en terrenos forestales sin autorización, confirma el delito ambiental señalado en el artículo 418, fracciones I y II, así como el 420, fracción V, del Código Penal Federal.

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