Suprema Corte atrae amparo sobre gasto público en comunicación social

05 de Agosto de 2015
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México, 5 Ago (Notimex).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó atraer un amparo contra la omisión del Congreso, al no expedir la ley reglamentaria en relación con el gasto de las entidades públicas en comunicación social.

En su sesión de este miércoles la Primera Sala resolvió así la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 132/2015, que propuso el ministro José Ramón Cossío Díaz.

En dicho asunto la asociación civil Artículo 19, dedicada a la promoción y defensa de las libertades de expresión y de prensa, promovió un amparo contra la omisión del Congreso de cumplir con el Artículo 3 Transitorio de la reforma política-electoral publicada el 10 de febrero de 2014.

Dicho precepto señala que se debe expedir una ley reglamentaria del Artículo 134 de la Constitución, en relación con el gasto de las entidades públicas destinado a la comunicación social.

El juez de Distrito que conoció de la demanda de amparo lo sobreseyó, por lo cual la asociación interpuso un recurso de revisión en el cual propone se estudien las cuestiones de fondo relativas a la omisión legislativa que reclama del Congreso de la Unión.

La Primera Sala resolvió atraer el amparo en revisión para dilucidar si fue correcto el sobreseimiento decretado por el juez, quien sostuvo que la materia del litigio es de naturaleza electoral y que en el juicio de amparo no pueden reclamarse omisiones legislativas, sino solamente actos.

La Suprema Corte también podría analizar si una asociación civil como Artículo 19 tiene interés para promover juicios de amparo en temas relacionados con las libertades de expresión y de prensa, además de que si la omisión en que incurrió el Congreso al no legislar sobre comunicación social es violatoria de derechos.

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