Procuraduría modifica reglas para aplicar criterios de oportunidad

27 de Enero de 2017
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México, 27 Ene (Notimex).– El Ministerio Público de la Federación suspenderá el ejercicio de la acción penal a un imputado que aporte información esencial y eficaz para la persecución de un delito más grave del que se le investiga y acepte comparecer en juicio respecto de la información que proporcionó.

De acuerdo con las modificaciones y adiciones publicadas por la Procuraduría General de la República (PGR) a los criterios generales que deberá observar el Ministerio Público de la Federación para aplicar los criterios de oportunidad en una acción penal, se deberá constatar que se hayan reparado o garantizado los daños causados.

En el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) precisa que para la aplicación de la excepción de la persecución penal en los casos de investigación del mismo delito que se le imputa, se debe tomar en cuenta que haya generado una afectación menor o haber intervenido en menos proporción.

La representación social también deberá tomar en cuenta que la pena de los otros implicados sea mayor a la que le corresponde al imputado en el mismo ilícito.

La autorización para la aplicación de un criterio de oportunidad se delega a todos los titulares de unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Institución que tengan entre sus facultades la investigación y persecución de los delitos.

En este supuesto, se suspenderá el ejercicio de la acción penal, así como el plazo de la prescripción de la acción penal, hasta que el solicitante comparezca en audiencia ante juez a rendir su testimonio en el procedimiento del que aportó información.

En ese momento, el agente del Ministerio Público de la Federación contará con quince días para resolver definitivamente sobre la procedencia de la extinción de la acción penal.

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