De dudas sobre las pensiones, están llenos los panteones

29 de Octubre de 2015
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Panteón Municipal. FOTO/ROTATIVO
Panteón Municipal. FOTO/ROTATIVO
México, 29 Oct (Notimex).- Por lo general, cuando una trabajador muere la pensión y todo el ahorro que logró generar a lo largo de su vida tiene que ser entregado a sus deudos.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) señala que para reclamar este derecho, es importante saber cuál es la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) del difunto y cumplir con los requisitos para solicitar el saldo de la cuenta individual.

Para los trabajadores afiliados a cualquiera de los dos institutos de seguridad social (IMSS o ISSSTE), los candidatos para recibir la pensión son los cónyuges, concubina o concubinario, o la personas con quien haya tenido hijos el difunto.

Otros candidatos son los hijos menores de 16 años del fallecido, jóvenes de entre 16 y 25 años que estudien o mayores de 16 años que no sean autosuficientes, debido a alguna enfermedad crónica o discapacidad.

En este último caso, la Profeco destaca que la pensión se mantendrá hasta la recuperación de la persona y tendrá que ser solicitada por quien tenga su tutela.

Los padres del fallecido también pueden ser beneficiarios en caso de que dependan totalmente del asegurado al momento de su fallecimiento, y sólo cuando no haya cónyuge o hijos.

El plazo para solicitar la pensión es de 10 años y en caso de no ejercerse este derecho, el dinero y los rendimientos pasarán automáticamente al ISSSTE o al IMSS, según sea el caso.

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