Avalan sindicatos ampliar protección a trabajadores de minas de carbón

05 de Abril de 2013
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México, 5 Abr. (Notimex).- Dirigentes sindicales expresaron su respaldo a la decisión de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados de ampliar la protección de trabajadores y patrones de minas de carbón.

Entrevistados por separado, directivos de las dos organizaciones más importantes de este gremio consideraron que los dictámenes aprobados por la instancia legislativa para reformar varias disposiciones de la Ley Federal del Trabajo en la materia, contribuirán a reducir los accidentes.

Para Carlos Pavón Campos, secretario general del Sindicato Minero "Don Napoleón Gómez Sada", la propuesta llega un poco tarde pero al fin los legisladores están atendiendo este tema de los pozos de carbón que han dejado muy malas experiencias de explosiones y muertes de trabajadores por acumulación de gas.

"Es muy buena decisión que se prohíban los pozos y que se determine que la explotación del carbón se haga a cielo abierto o en tiros inclinados, para tratar de disminuir los accidentes en las minas, sobre todo las que no están supervisadas de ningún modo", refirió.

Explicó que para no mover todo el material que no es productivo y tratar de ahorrar, los propietarios o lo propios trabajadores hacían los pozos verticales y eso generaba la acumulación excesiva de gas y en consecuencia las explosiones.

"El tajo abierto es mucho mejor y más eficiente, además que los túneles inclinados permitirían más alternativas de escape a los trabajadores cuando se presente una contingencia", remarcó.

Pavón Campos señaló que con lo que no está de acuerdo es que se pretenda dar facultades a la Procuraduría Federal para la Defensa del Trabajo (Profedet), que competen a las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

Explicó que sin bien permitir a esa dependencia celebrar convenios directamente entre trabajadores y propietarios de las minas, en principio tiene buena intención, a la larga se harán vicios.

Detalló que si ya en este momento hay problema para que la autoridad y las empresas reconozcan a los sindicatos, la reforma incrementará la problemática ya que obligan a los trabajadores a no tener sindicatos que los defiendan y los representen.

"Ahorita ya hay empresas mineras extranjeras a las que les ponen sindicatos de protección y con ello se evita que los trabajadores elijan a sus representantes", refirió.

Por su parte, José Ángel Hernández Puente, Tesorero del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, opinó que las reformas que se procesan en la Cámara de Diputados en materia de minas de carbón son positivas.

Empero, señaló que siguen siendo insuficientes para abatir los riesgos de accidentes porque sólo atienden un aspecto del problema como es la perforación vertical de los pozos y no señala nada respecto a que se establezcan obligaciones para evitar derrumbes y filtraciones de agua con equipamiento más sofisticado.

Respecto a las sanciones contra los patrones que no cumplan con las normas, el dirigente minero afirmó que también son muy laxas y en realidad lo que les están dando es una licencia para poder salir de un problema en caso de accidentes, pagando una multa y purgando una sentencia en cárcel muy baja.

Por ello se pronunció a favor de que se incrementen las penas económicas y corporales contra los que violen la normatividad para la explotación del carbón y se incluyan otras de tipo administrativo como el retiro definitivo de las concesiones y la inhabilitación permanente para volver a operar minas de este tipo.

La víspera, la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados aprobó dos dictámenes que reforman la ley laboral, a fin de brindar mayor protección a los mineros y en beneficio del empleado y el patrón.

El primer dictamen plantea modificar los artículos 343-A, 343-C, 343-D; y el artículo 343-E de este ordenamiento para disminuir el riesgo de los trabajadores del sector minero, eliminando las prácticas de elevado riesgo en la extracción rudimentaria de carbón.

Las modificaciones a la ley prohibirán el trabajo en tiros verticales para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros, y la extracción deberá realizarse mediante tajos a cielo abierto y tiros inclinados.

Se prohibirá también el trabajo en minas conocidas como cuevas y pozos carboneros, es decir, a los trabajos de extracción de carbón en forma artesanal, donde las actividades se llevan a cabo sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas y medidas de seguridad, para proteger la vida de los trabajadores.

Los cambios prevén sanciones para quienes violen estas disposiciones que van desde tres y hasta nueve años de prisión y multas de cinco y 10 mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

El otro dictamen avalado es el que plantea modificar el Artículo 530 de la Ley del Trabajo, a fin de que la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet) tenga la facultad de celebrar convenios entre las partes, que serán considerados como firmados ante la Juntas de Conciliación y Arbitraje (JCyA).