Querétaro, 21 octubre 2022.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Estado de Querétaro (DDHQ), emitió una Recomendación a la Secretaría de Salud estatal, por acreditarse que el 19 de enero de este año una recién nacida fue expuesta a una lámpara de calor sin consentimiento de los padres, lo que le provocó quemaduras de segundo grado y tercer grado.
El titular de la DDHQ, Javier Rascado Pérez, relató que, al ser atendida en el Centro de Salud por un parto fortuito, personal médico se dio cuenta de que la menor no presentaba una temperatura corporal adecuada.
“A pesar de contar con una cuna de calor radiante que se utiliza en estos casos para elevar la temperatura corporal de los bebés recién nacidos, se utilizó una lámpara de calor sin vigilancia por parte del personal médico durante más de una hora", subrayó.
Explicó que debido a esta negligencia médica, la recién nacida sufrió una quemadura del 9 por ciento de su superficie corporal de 2° y 3° grado en la región torácica anterior”, explicó.
Además de los procedimientos médicos realizados hacia la menor de edad y hacia su madre, no se cuenta con documentación que acredite el consentimiento informado, indicó el ombudsman queretano.
“Esta Defensoría concluyó que le fueron violentados los derechos humanos antes mencionados a la menor de edad agraviada y a su madre, por lo que se emite la siguiente Recomendación a la Secretaría de Salud del Estado de Querétaro”, señaló.
Por ello, Rascado Pérez precisó que se solicitará la inscripción de la madre y a la menor en el Registro Estatal de Víctimas, en un plazo que no exceda de 45 días naturales; y que la menor de edad reciba el tratamiento médico correspondiente con motivo de la quemadura que se le ocasionó.
Asimismo, a quienes acrediten ser víctimas indirectas, se les deberá proporcionar atención psicológica especializada, la cual se prestará de forma continua hasta que alcancen su sanación psíquica y emocional por la afectación a la salud de la agraviada.
La secretaría deberá colaborar con la denuncia iniciada en contra del personal médico interviniente y quien resulte responsable; y deberá implementar capacitaciones al personal médico y de enfermería en materia de derechos humanos
Una vez recibido el documento, la autoridad responsable tiene 15 días naturales para notificar a este órgano protector de los derechos humanos si acepta los términos de las recomendaciones emitidas.