Aclara gobierno de Querétaro, Uber México no ha ganado amparo

31 de Marzo de 2017
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Querétaro, 30 Marzo 17.- Con relación a la versión en la que se señala que el Poder Judicial de la Federación concedió la suspensión definitiva respecto a la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado de Querétaro y la convocatoria para registrar los servicios de transporte privado de pasajero, el Instituto Queretano del Transporte (IQT) hace las siguientes precisiones:

1.El día de hoy se recibió el documento en el que un juez federal notifica la suspensión provisional para que no se emita resolución respecto a la solicitud y registro presentados por la empresa Uber México para inscribir su plataforma ante el instituto. Esto significa que mientras se resuelve el juicio de amparo -promovido por Uber México ante la supuesta inconstitucionalidad de diversos artículos de la Ley Movilidad del Transporte para el Estado de Querétaro-, el IQT no podrá notificar el resultado del proceso de registro de la plataforma ante la autoridad estatal.

2.Dicha suspensión implica únicamente que esta empresa no podrá regularizar su operación en el estado de Querétaro como ya lo realizan otras 20 empresa. Por lo tanto, Uber México no permite que las unidades que se asocien con ellos, garanticen las condiciones de seguridad para los usuarios con la plena identificación -ante el IQT- de las unidades, los dueños y operadores de este tipo de servicio.

3. De igual manera, con dicha suspensión Uber México impide brindar certeza jurídica a los dueños y operadores de las unidades que usen esta plataforma, ya que en virtud de que el proceso de amparo no ha concluido, la Ley de Movilidad para el Transporte de Querétaro tiene plena validez y quienes brinde el servicio privado de pasajeros al margen del proceso de regularización, podrán ser sancionados.

4. La función de las autoridades es garantizar el estado de derecho, por lo tanto, el Poder Legislativo como el Ejecutivo entienden que existen modalidades e innovaciones tecnológicas que son elementos de movilidad y generan empleo, por lo que se han mostrado con apertura para incorporar estas modalidades al marco jurídico regulatorio, muestra de ellos, ese este proceso de regularización que brindará certeza y seguridad a los socios, operadores y usuarios.

5.La Ley de Movilidad es un ordenamiento incluyente, porque fue resultado de un proceso legislativo democrático en el que fueron consultados los distintos sectores involucrados en el transporte.

Finalmente, es oportuno mencionar que los asuntos de carácter legal deben atenderse en los tribunales correspondientes, por lo que el IQT realiza la defensa legal al amparo interpuesto por UBER México y será respetuoso de la determinación que la autoridad judicial federal determine.