Amplían requisitos para registros extemporáneos en San Juan del Río

10 de Julio de 2017
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San Juan del Río, 10 Julio 17.- A partir del mes de abril los padres de recién nacidos que sean registrados después de 60 días de vida, tendrán que entregar mayores documentos para realizar el trámite, como la carta de inexistencia de registro.

De acuerdo con Carmen García Tagle, titular del registro civil, la ampliación de requisitos, aplica cuando el bebé tiene más 60 días de vida, cuestión que se estipuló en la reforma del código civil del estado, por lo que exhortó a los padres de familia a realizar el trámite en los primeros días de nacimiento.

Enfatizó que el registro no tiene ningún costo, sin embargo, algunos de los documentos que se añadieron a la lista de requisitos si lo tienen, como la carta de residencia.

Recordó que para el registro se requiere la constancia de alumbramiento, la identificación vigente y actas de nacimiento de los papás, acta de matrimonio en caso de estar casados y comprobante de domicilio, sin embargo al exceder el tiempo se solicita la carta de inexistencia de registro y carta de residencia.



“Al modificarse si tocan referente a los registros de nacimiento de los bebés finalmente la ley decía que tenían 180 días para registrarse y ahora pues a raíz de esto ya nada más son 60 días. Se puede registrar en cualquier momento, finalmente eso lo puede hacer en cualquier lado, la gran diferencia está en que se amplían los requisitos”, afirmó.




La funcionaria detalló que de manera diaria se registran en promedio 15 niños, de los cuales por lo menos uno sobrepasa los dos meses de nacido, por lo que los padres tienen que tramitar otros documentos para posteriormente obtener el registro.

“No hay multas, ni sanciones, sigue siendo gratuito el trámite, la diferencia ahora es que van a tener que gastar en otros requisitos, porque las circunstancias de inexistencia de registro, que es uno de los requisitos extra y la carta de residencia, esas si se cobran”, señaló.

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