Presentan en Uruguay guía para denunciar violencia de género

09 de Septiembre de 2015
Tobilleras para controlar cumplimiento de medidas cautelares. FOTO CIMAC
México, 9 Sep 15.- La División de Políticas de Género del Ministerio uruguayo del Interior, a cargo de July Zabaleta, divulgó una guía de recursos de esta cartera en materia de violencia de género.

La guía incluye instrucciones para denunciar violencia intrafamiliar y sexual, trata y tráfico de personas, explotación sexual comercial y no comercial, pornografía infantil y ciberacoso, discriminación, procedimientos policiales inadecuados o negligentes.

La División de Políticas de Género del Ministerio del Interior fue creada por el artículo 137 de la Ley 18.362 de 2007, y se encuentra en funcionamiento desde abril de 2009.

Entre sus funciones están las de aportar al diseño, evaluación y monitoreo de políticas institucionales con perspectiva de género, promoviendo estrategias de igualdad de oportunidades y derechos para mujeres y hombres; asesorando, asistiendo y acompañando a las jefaturas de la Policía Nacional, direcciones generales y nacionales, en continua articulación con otras instituciones vinculadas a la temática.

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Las Unidades Especializadas en Violencia Doméstica y de Género son unidades policiales en las cuales se pueden radicar denuncias de violencia de género, como por ejemplo violencia doméstica y sexual, maltrato y abuso sexual hacia niñas, niños y adolescentes.

Sin perjuicio de tomar siempre intervención en aquellos casos de gravedad y complejidad, esas unidades deben recibir todas las denuncias que se les presenten y darles trámite, así como coordinar, articular y dar seguimiento a las intervenciones de las demás unidades policiales en temas de su competencia.

Las denuncias pueden ser presentadas por la persona que sufre la violencia, por terceras personas y de forma anónima.

La persona denunciante tiene derecho a conocer el número de denuncia y luego la resolución judicial al respecto. En caso de haberse adoptado medidas de protección o cautelares, cualquier incumplimiento debe ser comunicado de forma inmediata a la unidad policial actuante, aportando la mayor cantidad de información posible.

La unidad policial donde se radicó la denuncia debe brindar a la víctima alguna forma de comunicación directa para solicitar información o protección. La guía incluye una relación de todas las unidades especializadas que existen en el país sudamericano (19, una por cada departamento), con indicación de domicilio y teléfono.

Las denuncias también se pueden radicar en las seccionales policiales comunes, en los Juzgados Especializados de Violencia Doméstica de Montevideo, capital del país, en los Juzgados Penales y Letrados del interior, siendo necesario concurrir ante dichos juzgados con litigantes, sean defensoras o defensores de oficio o particulares.

TRATA Y TRÁFICO DE PERSONAS
La trata y tráfico de personas, así como los delitos de explotación sexual comercial y no comercial de niñas, niños y adolescentes, pueden denunciarse ante el Departamento de Investigación de Delitos Especiales de la Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol durante las 24 horas.

En el caso de trata, puede hacerlo cualquiera que tome conocimiento de la existencia de una persona que esté involucrada en calidad de víctima o autora en situaciones o hechos como reclutamiento, transferencia, acogida o recibo de personas para trabajo o servicios forzados, esclavitud o prácticas similares, servidumbre, explotación sexual, remoción y extracción de órganos, o cualquier otra actividad que menoscabe la dignidad humana.

El tráfico se configura en situaciones que deriven en el ingreso o egreso al territorio nacional por los límites fronterizos, con la finalidad de obtener un provecho para sí o para un tercero.

PORNOGRAFÍA Y CIBERACOSO
Si se toma conocimiento de personas que contribuyan a que se realice, pague o prometa pagar o dar a cambio una ventaja económica o de otra naturaleza a personas menores de edad o incapaces, para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo, además de la Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol, las denuncias pueden radicarse en las Unidades Especializadas en Violencia Doméstica y de Género, y en las demás seccionales policiales.


También ante la Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol se radican las denuncias sobre pornografía infantil y ciberacoso.

Por cibercacoso se entiende el uso de información electrónica y medios de comunicación como correo electrónico, redes sociales, blogs, mensajería instantánea, mensajes de texto, celulares y sitios web difamatorios, para acosar a una persona o grupo mediante ataques personales y otros medios. Puede incluir amenazas, connotaciones sexuales y discursos de odio.

DISCRIMINACIÓN
Las denuncias por situaciones de discriminación se realizan en las Unidades Especializadas en Violencia Doméstica y de Género y en las seccionales policiales.

La Ley 18.817 define la discriminación como “toda distinción, exclusión, restricción, preferencia o ejercicio de violencia física y moral, basada en motivos de raza, color de piel, religión, origen nacional o étnico, discapacidad, aspecto estético, género, orientación e identidad sexual, que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los Derechos Humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública”.

El Observatorio Nacional sobre Violencia y Criminalidad del Ministerio del Interior presentó las cifras de violencia doméstica y sexual correspondientes al primer semestre de 2015.

El 82 por ciento de los 154 homicidios consumados tuvieron como víctimas a hombres, el 21 por ciento se produjeron por rapiña y otros delitos contra la propiedad y el 14 por ciento en situaciones de violencia intrafamiliar, no contándose con datos para un 9 por ciento.

Respecto del número de mujeres asesinadas, las cifras del Ministerio del Interior difieren en mucho con las que manejan las organizaciones civiles: para el primero fueron 16 y para las segundas 26 o 27, según el conteo de que se trate.

De los 16 casos de feminicidio reconocidos oficialmente, 13 fueron ejecutados por parejas y ex parejas y tres por otros familiares. Se reconocen además 49 tentativas de homicidio, pero no hay datos diferenciados sobre el sexo o género de las víctimas.

En los primeros seis meses del año se consumaron 109 violaciones y hubo 26 tentativas fallidas, lo que hace un total de 135, pero tampoco hay datos diferenciales de las víctimas.

Las denuncias por violencia doméstica recibidas en el mismo periodo ascendieron a 16 mil 199, mientras que las correspondientes a rapiña sumaron 10 mil 534 (9 mil 656 por delitos consumados y 878 por tentativas).

Las denuncias sobre procedimientos policiales inadecuados, negligentes o cuando se presuma corrupción, deben radicarse ante la Dirección de Asuntos Internos del Ministerio del Interior y pueden ser anónimas. Por: Isabel Villar

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