Ciudad del Vaticano, 23 Sep (Notimex).- El Papa Francisco aprobó reformar las reglas del Vaticano para el estudio de los milagros, los hechos extraordinarios gracias a los cuales algunos cristianos pueden ser reconocidos como beatos o santos de la Iglesia católica.
La oficina de información vaticana publicó este día un nuevo Reglamento de la Consulta Médica de la Congregación para las Causas de los Santos, el organismo de la sede católica encargado de los procesos que concluyen en “el honor de los altares”.
Entre otras novedades introducidas por Francisco destaca la imposición de un límite en la cantidad de veces que un presunto milagro puede ser presentado para su estudio en la sede de la Iglesia católica y la disposición de que los pagos a los peritos involucrados se ejecuten sólo mediante transferencia bancaria.
A partir de ahora, un supuesto milagro puede ser presentado para su estudio a la Consulta Médica del Vaticano sólo en tres ocasiones. Si es rechazado esas tres veces entonces queda desechado. Anteriormente no había límite para las presentaciones.
Además, según el nuevo reglamento, si una curación es rechazada una vez, en una posible segunda presentación la Consulta Médica debe estar constituida por otros peritos. Antes eran siempre los mismos doctores quienes examinaban los casos.
En el pasado se requería la mitad más uno de los votos de los peritos para un veredicto positivo, a partir de esta reforma se exigirá mayoría calificada, con un quórum mínimo de seis miembros.
La Consulta es formada por siete integrantes. En este caso se requieren cinco votos para la aprobación del milagro; si falta un perito, entonces el requisito es de cuatro sobre seis. Pero si faltan dos integrantes la sesión no puede llevarse a cabo y se convoca en otra fecha hasta lograr el quórum.
Por otra parte, la reforma estableció que todos los pagos a los peritos serán mediante transferencia bancaria. Cada perito de primera consulta gana 400 euros por caso (unos 450 dólares) y de segunda consulta 540 euros (605 dólares).
La tradición de la Iglesia de recurrir a los milagros para certificar la santidad de una persona data de varios siglos atrás.
En la Edad Media existían los “peritos médicos”, especialistas que confirmaban curaciones inexplicables que se atribuían a la intercesión de cristianos reconocidos por su vida intachable.
El 17 de septiembre de 1743 el Papa Benedicto XIV creó un Elenco específico, una lista de peritos autorizados. Antes, los pontífices solían declarar los santos por aclamación e incluso en los inicios del cristianismo los fieles manifestaban espontáneamente la veneración a quienes, entre ellos, eran considerados modelos de fe.
A través de los años se fue gestando un proceso oficial de beatificación y canonización, que incluye varios niveles, inicia en las diócesis de los diversos países y concluye en la sede de la Iglesia católica.
Si una persona cuenta con “fama de santidad”, su vida y obra es investigada a fondo. Las etapas del proceso son: siervo de Dios, venerable, beato y santo. Antes de considerar siquiera la existencia de supuestos milagros se debe comprobar que el candidato vivió las virtudes cristianas “en grado heroico”.
Una vez superado este escollo, es necesario el cumplimiento de un milagro para la beatificación y otro más para la canonización, la declaratoria como santo o santa.
Casi la totalidad de los milagros estudiados corresponden a curaciones inexplicables de personas con graves problemas de salud. Los especialistas deben certificar que esas sanaciones no pudieron ocurrir por la ciencia, sino por una intervención divina, atribuida a la persona invocada.
Para estudiar los casos, desde 1948 existe en la sede católica una Consulta Médica responsable de analizar toda la documentación y dar un veredicto. La reforma al reglamento de ese grupo de trabajo, aprobada ahora por Francisco, busca actualizar su trabajo.
“La finalidad del reglamento no puede ser sino el bien de las causas, que no pueden jamás prescindir de la verdad histórica y científica que certifiquen los milagros”, indicó Marcello Bartolucci, secretario de la Congregación para las Causas de los Santos.
“Como es necesario que las pruebas jurídicas sean completas, convergentes y confiables, también es necesario que su estudio sea efectuado con serenidad, objetividad y segura competencia de parte de peritos médicos altamente especializados”, agregó.
El anterior reglamento había sido aprobado por el Papa Pablo VI el 23 de abril de 1976. Desde entonces no había sido modificado.
Papa reforma reglas para el estudio de milagros de futuros santos
23
de Septiembre
de
2016
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