Tipo penal de feminicidio complica judicialización: FGR

05 de Febrero de 2020
feminicidio

Ciudad de México.– Ante el desconcierto que causó la declaración del fiscal Alejandro Gertz Manero de eliminar el tipo penal de feminicidio de la legislación penal nacional, la Fiscalía General de la República (FGR) difundió un comunicado para aclarar que sí hay intención de modificar la definición de este delito.

De acuerdo con algunos legisladores, entre ellos la diputada Lorena Villavicencio, durante una reunión cerrada como parte de la plenaria de la fracción parlamentaria de Morena en la Cámara de Diputados, que se llevó a cabo del 27 al 31 de enero en San Lázaro, el fiscal general se pronunció por eliminar el delito.

Aunque la declaración se hizo el 29 de enero, la confusión surgió al día siguiente, el 30 de mismo mes, cuando la diputada Villavicencio alertó de este posible retroceso, en un foro público sobre acceso a la justicia para las mujeres.

“(El fiscal consideró que) El delito de feminicidio no debería existir, es suficiente con mantener o incorporar una agravante en el homicidio. Este tipo de declaraciones deben ponernos en una situación de alerta. No están entendiendo lo que implica el feminicidio”, dijo la legisladora.

Ante las reacciones de rechazo a esta propuesta, este martes 4 de febrero la FGR emitió un comunicado en el que señaló que sí existe la intención de modificar el tipo penal, un concepto que se comenzó a introducir en las legislaciones estatales en 2011, cuando la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal incluyó este delito en su Código Penal local.

“Si, simplemente, se tipifica y se mantiene el delito de Feminicidio como un homicidio en contra de una mujer; este Feminicidio debe tener el agravante y la penalidad más alta, que debe ser de 40 a 70 años; que es superior a la que actualmente se aplica en cualquier delito de homicidio calificado o agravado”.

Argumentos de la FGR

La comunicación difundida por esta instancia señala que el delito de feminicidio ha crecido en el país, de 2012 a la fecha, en un 137.5 por ciento, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad y que tal conducta está considerada en los Códigos Penales de 28 entidades federativas y en el régimen federal.

A decir del organismo, la actual redacción para acreditar este crimen dificulta la investigación de los hechos. “En este delito, actualmente, se imponen siete condiciones, requisitos y circunstancias que complican inútilmente su judicialización (ver artículo 325 Código Penal Federal)”.

“Esta es la tesis que estamos sosteniendo, todo ello en favor de las mujeres que son víctimas; para que cuenten con un tipo penal sencillo, eficiente y de la más alta sanción, para lograr la defensa de su vida y la protección de su integridad”.

Argumentos de la FGR

Al conocer la opinión del fiscal general, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), organización que ha participado en la definición del tipo penal en diversos estados, emitió un comunicado donde aseguró que la propuesta no busca atender los obstáculos en la acreditación del delito por parte de todas las Procuradurías y Fiscalías de Justicia del país.

“Además, la Fiscalía General de la República no cuenta con elementos para sostener esa valoración, principalmente, porque el feminicidio es generalmente un delito del fuero común, que no es investigado y judicializado por dicha instancia”.

Consideraciones del OCNF

La organización señaló que desde 2014 ha documentado que existen discrepancias normativas en la tipificación del feminicidio en los estados y resistencias para investigar las muertes violentas de mujeres como feminicidio, como lo marca el estándar de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que al revisar el caso de Mariana Lima Buendía, impuso parámetros en la investigación de este delito.

“La justificación del Fiscal General de la República sobre las dificultades del Ministerio Público para acreditar el delito, no es más que una afirmación falaz y sin sustento práctico”.

Consideraciones del OCNF

El reconocimiento y tipificación del delito de feminicidio es resultado de la lucha de mujeres, madres y familiares de víctimas de feminicidio, académicas feministas y defensoras de Derechos Humanos que visibilizamos esta grave problemática desde los años 90 en Ciudad Juárez y posteriormente en todo el país, aseguró el OCNF. 

La opinión del fiscal general fue a propósito de la propuesta que próximamente presentará para emitir un Código Penal Único, que todavía no se presenta. En este contexto, las integrantes del movimiento de mujeres, acompañantes de víctimas de feminicidio y defensoras derechos humanos en México, advirtieron que la solución no es la desaparición del delito, sino que el delito se investigue y sancione con perspectiva de género en todo el país.

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