Encarceladas por defenderse: de víctimas a victimarias

09 de Julio de 2018
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En México de las 46.5 millones de mujeres de 15 años y más, 66 por ciento ha enfrentado al menos un incidente de violencia por parte de cualquier agresor, 44 por ciento de las agresiones han ocurrido en sus hogares y 35 por ciento en espacios públicos o comunitarios, de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH 2016).

Las mujeres que logran defenderse de un ataque y en consecuencia hieren o asesinan a su agresor, se enfrentan a un sistema de justicia que lejos de considerarlas víctimas, las criminaliza, y no toma en cuenta los contextos de violencia que viven.



En México, el sistema penitenciario carece de estadísticas actualizadas sobre el número de mujeres encarceladas por defender su vida cuando se encontraban en una situación de violencia extrema, por lo cual el alcance de la criminalización que viven estas mujeres queda invisibilizado y obstaculiza su acceso a la justicia.




En entrevista con Cimacnoticias, la abogada del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social (GADH), Karla Micheel Salas Ramírez, explicó que al no tener un debido proceso las mujeres que defienden su vida son injustamente sentenciadas bajo los delitos de homicidio o lesiones, lo que las lleva a recibir condenas de hasta 60 años de prisión.

De acuerdo con datos del Censo Nacional de Impartición de Justicia (CNIJE), en 2015, de cada 100 mujeres procesadas o imputadas que se registraron por causas penales, cerca de 21 están sujetas a proceso por robo y poco menos de 15 por delitos de lesiones (causar una o varias heridas a una persona).

Por su parte, de cada 100 hombres en la misma situación jurídica, poco menos de 26 están sujetos a proceso por robo y 9 por lesiones. En este delito la proporción de mujeres es superior a la de hombres en 5.4 puntos porcentuales.

Las principales sentencias a mujeres procesadas son por el delito de robo (32 por ciento) y lesiones (9 por ciento), en tanto los hombres son por robo (40 por ciento) y lesiones (5 por ciento) indica el censo.

En el contexto de defensa contra un agresor, dijo Karla Micheel Salas, las mujeres no deberían ser procesadas ni sentenciadas, ya que cumplen con los criterios de la “legítima defensa”, pues no agredieron o asesinaron a sus agresores porque sí, sino que reaccionaron a un contexto de violencia extrema que lo demandaba.

Sin embargo, comentó que cuando las mujeres argumentan esta figura jurídica sus acciones no son totalmente válidas debido a los estereotipos sexistas, por lo que pasan de ser víctimas a victimarias.

En este sentido, destacó que estos casos deben ser evaluados a partir de las circunstancias específicas de los hechos y con perspectiva de género con el fin de determinar, a través del contexto, si estas mujeres actuaron o no en legítima defensa.

Destacó que a ellas se les exige un máximo nivel de pruebas para convencer a las y los operadores de justicia de que actuaron para defender su vida, y en caso contrario sus procesos se alargan y reciben penalidades más altas. En su opinión, existe un sesgo en la manera de juzgar a mujeres y hombres por los mismos delitos pues prevalecen criterios machistas.



Lo anterior, sostuvo, resulta preocupante porque las mujeres siguen acudiendo con las autoridades para protegerse de sus agresores, pero éstas (autoridades) ignoran los protocolos de atención, los tratados y Convenios internacionales de protección a los Derechos Humanos de las mujeres que tienen como objetivo permitir el acceso de éstas a la justicia.




A ello se suma el factor económico, ya que la mayoría de las que se encuentra en esta situación no tiene los recursos económicos para contratar defensorías privadas, lo que las conduce a llevar procesos largos que terminan en el abandono de sus familiares.

En suma, acotó, las mujeres que son agredidas y se defienden tienen dos opciones: ser víctimas de feminicidio o terminar encarceladas.

Recordó el caso de dos mujeres, quienes en un contexto de violencia asesinaron a sus parejas para proteger a sus hijos, y llevan 9 y 4 años en prisión preventiva (sin ser sentenciadas) bajo el delito de homicidio, “si éstas ya hubieran recibido la resolución de su sentencia podrían haber solicitado alguna medida de preliberación”.

DOBLEMENTE VIOLENTADAS

En entrevista por separado, la abogada del “Instituto de Investigaciones Jurídicas” (IIJ) de la UNAM, Alicia Elena Pérez Duarte comentó que en los casos donde el agresor queda con vida, la situación de las mujeres se agrava, ya que son reiteradamente violentadas al tener que enfrentar a su agresor en los juicios y quedan expuestas a procesos más largos.

Explicó que para las autoridades el veredicto del agresor, los signos de violencia que éste presente y el arma, son pruebas suficientes para que las mujeres puedan ser condenadas, pues dijo que en la lógica machista de las y los operadores “las mujeres que matan” son culpables.

Un ejemplo de estas prácticas son los casos de Yakiri Rubí Rubio Aupart e Itzel, ambas víctimas de violencia sexual que se defendieron de sus agresores y éstos murieron como consecuencia de las lesiones provocadas, pero que gracias a la presión mediática, no fueron sentenciadas.

YAKIRI

En 2013, Yakiri Rubí Rubio Aupart, joven de 20 años, fue secuestrada por dos hombres que la condujeron a un hotel para violentarla sexualmente. Después de agredirla, Miguel Ángel Ramírez intentó asesinarla, sin embargo, ella se defendió y lo hirió de gravedad, lo que provocó su muerte minutos más tarde.

En la agencia 50 de la Procuraduría capitalina, Yakiri presentó una denuncia por violación, pero ya había sido acusada por el hermano de su agresor de haberlo asesinado, por lo cual pasó de ser víctima a victimaria.

Por esa razón, Yakiri estuvo recluida en el penal de Santa Martha Acatitla, y después en Tepepan, al sur de la Ciudad de México. Después de un año y medio en reclusión, gracias a las exigencias de su familia y organizaciones civiles, en 2015 fue absuelta del delito de homicidio.

ITZEL

En 2017, Itzel, de 15 años de edad, fue violada por Miguel Ángel Pérez Alvarado en la vía pública, cerca del metro Taxqueña. Ella se defendió y lo mató.

La Procuraduría capitalina inició una carpeta de investigación por homicidio en lugar de investigar la violación sexual, no le brindó atención como víctima, se incumplió el protocolo de atención a víctimas sexuales, se violó el debido proceso y su derecho a una vida libre de violencia.

Al igual que en el caso de Yakiri, la presión mediática llevó a la Procuraduría a declarar que “la víctima quedaba libre de responsabilidad” porque “actuó en legítima defensa, en virtud de que su integridad física y su vida estuvieron en riesgo”.

De acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de la Seguridad Pública del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el país, durante 2016 y 2017, la prevalencia de violación sexual a mujeres se incrementó de 918 por cada 100 mil mujeres de 18 y más años de edad en 2015, a un mil 174 en 2016.

OTRA MIRADA A LOS HECHOS

Las abogadas Salas Ramírez y Pérez Duarte, coincidieron que para que las mujeres que se defienden de sus agresores (legítima defensa) obtengan justicia y dejen de ser criminalizadas, debe haber un cambio en la mirada de quienes imparten justicia pues la falta de sensibilización les niega un debido proceso y acceder a la justicia.

En su opinión, no se trata de cambiar leyes, pues existe toda una normativa que protege los Derechos Humanos de las mujeres, sino de que quienes se encargan de aplicarlas realmente lo hagan con una perspectiva de género y sin prejuicios sexistas.

Destacaron que es importante visibilizar estos casos y reconocer que las mujeres tienen derecho a defender su vida, así como los contextos de violencia que viven.

Reiteraron la falta de estadísticas que dimensionen la gravedad de la situación y señalaron que sólo por medio de la documentación individual de los casos se puede llegar a una aproximación de la cantidad de mujeres encarceladas por esta causa. (Aline Espinosa Gutierrez y Enrique Pérez de la Rosa)