Tres argumentos falsos acerca del aborto

01 de Julio de 2021
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Querétaro, 1 Julio 2021.- Cuando se trata de hablar de aborto, cotidianamente se escuchan diferentes argumentos acerca de por qué no se debería despenalizar, que van desde que existe un derecho intrínseco a la vida y por lo cual se tiene que proteger al embrión, o argumentos como que existe un desconocimiento acerca del comienzo de la vida y de la persona

En primer lugar, conbase en el artículo “Aborto Legal: argumentos, legislación y jurisprudencia”, Edurne Cárdenas y Vanina Escales, señalaron que el argumento del derecho a la vida se ha utilizado para sostener posturas contrarias al aborto.

“Sin embargo, ese derecho no existe (...) el embrión no es titular del derecho a la vida (...) La Convención sobre Derechos del Niño (CDN) no reconoce el derecho a la vida antes del nacimiento, ni tampoco se refiere al momento en el cual debe comenzar la protección de la vida”, comentaron.

Además, la Comisión sobre los Derechos del Niño, reconoce en el artículo 6.1 que los niños tienen un derecho intrínseco a la vida, pero en ningún momento reconoce el derecho a la vida antes del nacimiento.

Por otro lado, cuando se habla de aborto es recurrente escuchar que debe existir una supuesta protección del embrión, ya que en algunos ordenamientos jurídicos señalan que debe ser tomado en consideración.

Por ejemplo, Cárdenas y Escales, señalaron que en países como Brasil e Irlanda, no se reconoce la personalidad jurídica del embrión, a pesar de que cuentan con leyes restrictivas respecto al aborto.

Mientras tanto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sostuvo en 2013 que la potencialidad del embrión y la capacidad que tuviera no lo convierte en una persona con derecho a la vida.

Finalmente, respecto al argumento del comienzo de la vida y de la persona, los autores señalaron que se trata de dos conceptos completamente diferentes, ya que no es una función del derecho el definir el inicio de la vida.

“Cuando la ley se refiere a la persona humana, lo hace con fines civiles (régimen sucesorio, filiación). Que haya vida en el embrión, no significa que esa vida sea una persona ni que tenga la misma protección legal que alguien nacido/a vivo/a. La vida se protege de modo gradual e incremental”, concluyeron.

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