Avalan diputados cambios a Ley Agraria sobre enajenación de ejidos

11 de Diciembre de 2014
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México, 11 Dic (Notimex).- La Cámara de Diputados avaló cambios a la Ley Agraria nacional para que en el proceso de enajenación de derechos parcelarios en ejidos se notifique al comisariado ejidal, con la participación de dos testigos o ante fedatario público.

El dictamen que reforma el Artículo 80 de dicha norma fue aprobado por 350 votos a favor, cero en contra y ocho abstenciones y remitido a la colegisladora para su revisión.

Asimismo, establece que el comisariado, bajo su responsabilidad, publicará de inmediato en los lugares más visibles del ejido una relación de los bienes o derechos que se enajenan.

Precisa que el derecho del tanto preserva la línea familiar de los propietarios de una parcela o terreno ejidal, proporcionándoles la preferencia ante otros compradores, en el caso de que esa tierra o derecho parcelario se ponga en venta por su dueño original.

Sin embargo, señala que en muchos casos, por la movilidad social y la migración, las personas que tienen el derecho del tanto en materia ejidal, se desconocen sus domicilios por parte del ejidatario o por cualquier otro motivo no es posible saberlos.

Por ello, la reforma plantea hacer más ágil el requisito de la notificación del derecho del tanto, a fin de que en caso de desconocer el domicilio de las personas a quien les corresponde, se supla el mismo con la notificación que se haga al comisariado ejidal.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Guillermo Sánchez Torres indicó que cuando el ejidatario pretende enajenar sus derechos agrarios, está obligado a notificar a su cónyuge, concubina o hijos, para que éstos hagan valer sus derechos en un término de 30 días.

El legislador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) e integrante de la Comisión de Reforma Agraria aclaró que al suprimir la notificación o al contener deficiencias, se viola la garantía constitucional de audiencia.

En tanto, el diputado priista Jesús Morales Flores, señaló que la constante migración de la población rural ocasiona que se desconozca el domicilio de las personas, lo cual ha derivado en un problema jurídico sobre los derechos ejidales, sobre todo al enajenar el ejido.

Por ello, el legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI) consideró necesario atenderlo, ya que se podría resolver con la flexibilidad de la Ley Agraria.

En tanto, el legislador perredista José Luis Esquivel Zalpa, indicó que con la reforma se pretende solucionar los problemas que enfrentan aquellos ejidatarios que por libre voluntad y en el ejercicio pleno de sus derechos, deciden enajenar sus derechos parcelarios.

“Sin vulnerar el derecho de las personas favorecidas por la ley con derecho del tanto, se garantiza y agiliza al mismo tiempo el ejercicio de un derecho de que goza el ejidatario de enajenar su parcela cuando así lo determine”, expresó.

En su turno, la diputada petista María del Carmen Martínez Santillán consideró que la propuesta no sólo es loable, sino la más adecuada para dar certidumbre a los procedimientos legales y administrativos al celebrar un convenio por enajenación sobre los derechos de los ejidatarios.

El dictamen aborda un beneficio al prever la exclusión de límites procesales, sólo en aquellos casos en que se desconozca el domicilio de alguno de los beneficiarios del tanto, precisamente objeto de la presente ley.

A su vez, José Soto Martínez, de Movimiento Ciudadano, comentó que con esas modificaciones se da legalidad a la enajenación de una parcela ejidal y se facilitará el trámite.

Sin embargo, las condiciones en que viven los ejidatarios les impiden buscar a todos a quienes tienen el derecho del tanto como esposa o hijos, lo que ocasiona que nunca se les puedan notificar por escrito, refirió.

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