Delito, obligar a migrantes a formar parte de delincuencia: diputados

29 de Abril de 2014
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Cámara de Diputados. 2
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México, 29 Abr. (Notimex).- La Comisión de Asuntos Migratorios aprobó la adición del Artículo 159 BIS a la Ley de Migración, para establecer como delito obligar a migrantes extranjeros a formar parte de la delincuencia organizada, y fijar una pena de ocho a 16 años de cárcel y multa de cinco mil a 15 mil días de salario a quien lo cometa.

Durante la reunión de trabajo, el diputado priista José Everardo Nava Gómez señaló que se deben impulsar medidas legislativas que contribuyan a proteger la integridad y vida de la población migrante.

Indicó que es necesario adicionar un tipo penal que establezca esa actitud delictiva, lo cual coadyuvará a prevenir conductas ilícitas y a garantizar los derechos de los migrantes en su paso por México.

Con esta reforma se adiciona también la fracción IV al Artículo 160 para aumentar las penas hasta en una mitad, cuando se cometa explotación de uno o varios extranjeros, de conformidad con lo establecido en los artículos relativos aplicables de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas de estos Delitos.

El documento señala que el objetivo es vincular la Ley de Migración con la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y con la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas de estos Delitos, en materia de explotación y sometimiento de la delincuencia organizada a los migrantes, para que sean tipificados como delitos en materia migratoria.

De esta manera, plantea tomar las medidas necesarias para salvaguardar sus derechos humanos “y obtener la reciprocidad que deseamos sea aplicada en beneficio de nuestros migrantes”.

Por ello, considera de suma importancia incorporar como delito en materia migratoria la explotación y el sometimiento de extranjeros por la delincuencia organizada.

La comisión también avaló un punto de acuerdo por el que se exhorta al presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para que, en cumplimiento de sus obligaciones constitucionales, investigue de forma exhaustiva las violaciones a los derechos humanos en el caso de la masacre de 72 personas migrantes en San Fernando, Tamaulipas.

Pide se reponga el procedimiento de investigación de esta masacre y se garantice una actuación bajo el estándar más alto de protección de los derechos humanos de las víctimas en sus investigaciones; se documenten y escuchen todos los testimonios de las mismas, verificando con las organizaciones de la sociedad civil y comités que las acompañan, el protocolo para la realización de las entrevistas.

Además, que se respeten sus derechos como afectados y se señale si existe responsabilidad directa del Estado por la masacre, o por violación a las garantías generales de protección, de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, vinculados con el Artículo 1 Constitucional.

Demanda también que se puntualicen los criterios específicos para la atención, el apoyo y la reparación del daño individualizado para cada uno de los migrantes sacrificados, de conformidad con la Ley General de Víctimas, el artículo 63 de Convención Americana sobre Derechos Humanos y sus criterios jurisprudenciales.

También, que las procuradurías encargadas de la investigación sigan las normas de la Corte Interamericana para procesar y sancionar a los perpetradores de la masacre.

De igual manera, se solicita a la CNDH que en virtud de la situación de riesgo y falta de acceso a la justicia que enfrentan las personas migrantes, se establezca un protocolo de actuación, el cual sea construido de la mano de las víctimas y de la sociedad civil.

Ello, a fin de que garantice que las víctimas directas e indirectas puedan acceder a los procedimientos de investigación de violaciones a derechos humanos, independientemente del país donde se encuentren.

Por último requiere a este organismo a que, de manera urgente, reciba a una comisión representativa de las 278 dependencias, instituciones, organismos, organizaciones y personas que han dado seguimiento a este caso, y se les den respuestas sobre el proceso de investigación que derivó en la recomendación 80/2013 del 23 de diciembre de 2013.

Además, la Comisión de Asuntos Migratorios aprobó el dictamen que establece como obligación de la Secretaría de Educación Pública (SEP) diseñar, implementar y ejecutar un modelo integral de inclusión educativa para los hijos de jornaleros agrícolas migrantes.

Considera necesario garantizar su acceso a la educación, ya que muchos de ellos suspenden sus estudios debido a complicaciones administrativas para cambiar de lugar de residencia.

“La inasistencia escolar está directamente relacionada con el inicio de las actividades laborales por estos niños y niñas y adolescentes, constituyendo el grupo más alto de rezago en diversos ámbitos”, indica.

El dictamen adiciona un segundo párrafo al Artículo 8 de la Ley de Migración y da cumplimiento a lo establecido en el Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Éste establece que los Estados deben garantizar a todos los niños y niñas, en las peores formas de trabajo infantil, un modelo de inclusión educativa y social con énfasis en la situación de los hijos de jornaleros agrícolas migrantes.

Después, aprobaron el dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta al comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Ardelio Vargas Fosado, a resolver la situación de malos tratos y violación a derechos humanos, prevaleciente en las estaciones migratorias, en particular la establecida en Acayucan, Veracruz.

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