Afirman que UBER no prestará servicio de transporte en Veracruz

16 de Julio de 2018
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Xalapa, 16 Jul (Notimex).- La Secretaría de Seguridad Pública informó que el gobierno estatal no ha otorgado, durante la presente administración, concesión o permiso alguno para que la empresa UBER preste el servicio de transporte público sin reunir los requisitos legales.

En un comunicado, la dependencia dio a conocer que en consecuencia se procederá a la detención de los vehículos que presten el servicio mencionado.

Indicó que para la prestación del servicio de transporte público es menester contar con la concesión o permiso otorgado por el gobierno del estado, a través de la Secretaría de Seguridad Pública, como lo disponen los artículos 8, 116, 122 y 123, de la Ley de Tránsito y Transporte para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Añadió que en términos de lo dispuesto por los artículos 177 y 225, fracción V, del Reglamento de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado, se impondrá sanción pecuniaria equivalente a mil días de salario, o su equivalente en Unidad de Medida y Actualización (UMA), esto es el equivalente a 80 mil 600 pesos.

Refirió que el Artículo 272 Bis, del Código Penal para el Estado de Veracruz, tipifica como delito que a toda persona que promocione o realice un servicio de transporte público, en cualquiera de las modalidades establecidas en la Ley de la materia, sin contar con la concesión o el permiso respectivo expedido por la autoridad competente.

Por ello, se le impondrán de tres a nueve años de prisión y multa de 400 y hasta 600 días de salario en caso de que se trate de persona moral, dicha responsabilidad recaerá en quien o quienes ejercieren la representación legal de la misma, así como a la persona que conduzca la unidad con la que se realice el servicio.

En consecuencia, el gobierno estatal garantiza que la empresa UBER no entrará en funciones en Veracruz para prestar el servicio público de transporte.

En cuanto se refiere al anuncio de que la empresa UBER Eats ya iniciará funciones en el estado, la prestación de dicho servicio es de naturaleza estrictamente mercantil y no de derecho público, dado que no está sujeta a regulación alguna inherente a éste.

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