Se mantiene como alcaldesa Graciela Juárez en Pedro Escobedo, Querétaro

14 de Agosto de 2013
Guardar
130813_GRACIELA-JUAREZ-Y-ALONSO-LANDEROS_-34.jpg
130813_GRACIELA-JUAREZ-Y-ALONSO-LANDEROS_-34.jpg
Por: Martín García
Pedro Escobedo, 14 Agosto 13.- En conferencia de prensa Graciela Juárez Montes, aseguró que en tanto no sea notificada del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, continuará como Presidenta Municipal de Pedro Escobedo. Sin embargo reconoció que acatará y dejaría el cargo “con la frente en alto” si es necesario.

La todavía alcaldesa dijo que no ha sido notificada del fallo que el día de ayer emitió la SCJN, que ordena la separación de su cargo y ser consignada ante un Juez de Distrito para enfrentar el delito de desacato, al haber omitido una resolución de la misma instancia judicial que ordenaba el reembolso por concepto del pago de derecho de alumbrado público a una empresa.

Graciela Juárez enfatizó que su administración no conocía sobre el requerimiento de pago, que ninguna de las áreas del Ayuntamiento tenía documento o notificación alguna sobre el asunto legal, que de conocerlo, lo habría atendido como el resto de amparos que aseguró, enfrenta la administración.

Rechazó culpar a las anteriores administraciones, al advertir que sería “poco ético” culpar a los demás de la situación.

Aseguró que ha tenido respaldo y apoyo tanto del Gobernador del Estado José Calzada, como del dirigente nacional de su partido, César Camacho, quien apuntó, están al pendiente de la situación y le han reiterado su apoyo, no obstante reconoció que sostendría en breve una reunión con el Secretario de Gobierno Jorge López Portillo para abordar el tema.
La Resolución
El incidente de inejecución de sentencia refiere que en el caso de que aún ejerzan, quedan inmediatamente separados de sus Aidé Verónica Corona García, Tesorera del Municipio de Pedro Escobedo y Graciela Juárez Montes, Presidenta Municipal, por haber incumplido la sentencia constitucional de diecisiete de abril de dos mil doce, pronunciada por el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Querétaro, con residencia en la ciudad del mismo nombre, en el juicio de amparo número 299/2012-2.

“Consígnese a las personas mencionadas en el punto resolutivo que antecede, directamente ante el Juez de Distrito en el Estado de Querétaro en turno, con residencia en la ciudad del mismo nombre, por el desacato a una sentencia de amparo de acuerdo con lo previsto en la fracción XVI del artículo 107 de la Constitución Federal, a fin de que sean juzgadas y sancionadas por la desobediencia cometida, en los términos previstos por el artículo 208 de la anterior Ley de Amparo”.

Consígnese a Alonso Landeros Tejeida y José Jaime Sixtos de Jesús, quienes anteriormente ocupaban los cargos de Presidente Municipal y Tesorero del Municipio de Pedro Escobedo, Querétaro, respectivamente, directamente ante el Juez de Distrito en el Estado de Querétaro en turno, con residencia en la ciudad del mismo nombre, por el desacato a una sentencia de amparo de acuerdo con lo previsto en la fracción XVI del artículo 107 de la Constitución Federal, a fin de que sean juzgados y sancionados por la desobediencia cometida, en los términos previstos por el artículo 208 de laanterior Ley de Amparo.

Para los efectos mencionados en la parte final del punto cuatro, apartado III, de esta resolución, déjese el presente incidente de inejecución de sentencia abierto y requiérase a las autoridades ahí señaladas el cumplimiento a la ejecutoria de amparo en los términos especificados.