María Teresa pagó con su libertad la criminalización del derecho a decidir

26 de Mayo de 2016
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Cimacnoticias | Ciudad de México.- 26/05/2016-. Bastaron 14 horas para que la justicia salvadoreña procesara y encarcelara sin pruebas contundentes a María Teresa R. por el delito de homicidio agravado, tras haber presentado un parto espontáneo en la ciudad de San Salvador en 2011.

Por ese hecho, María Teresa fue condenada a 40 años de prisión. Ella fue víctima, al igual que otras salvadoreñas, de un proceso judicial inconsistente y de la criminalización que afrontan las mujeres de ese país centroamericano tras reformas legales que les niegan el derecho a decidir libremente sobre la maternidad.

Luego de una larga batalla judicial, María Teresa obtuvo su libertad el pasado viernes 20 de mayo, cuatro años y seis meses después de que fue encarcelada.

El caso de María Teresa forma parte de la campaña “Por la Libertad de Las 17”, que emprendieron diversas organizaciones civiles salvadoreñas e internacionales en apoyo a 17 mujeres que afrontaron abortos espontáneos y fueron encarceladas y sentenciadas por delitos que no cometieron.

La persecución de la justicia salvadoreña contra las mujeres deriva de dos reformas legales: una modificación en 1998 al artículo primero de la Constitución Nacional, para otorgar el estatus de “persona” al ser humano en formación desde “el instante de la concepción”; y otra reforma ese mismo año al Código Penal para eliminar las tres causales de aborto legal vigentes hasta entonces: cuando la vida de la mujer estaba en peligro; el feto presentara malformaciones severas, y por violación sexual.

El Salvador se suma a los países de América Latina que prohíben el aborto bajo cualquier circunstancia. Los otros son Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Chile.

LA HISTORIA
El 24 de noviembre de 2011 en San Salvador, capital de El Salvador, María Teresa R. sufrió un parto espontáneo que derivó en la muerte del producto.

Ese día, la mujer se encontraba en su casa cuando se levantó a tomar agua, se desmayó y al recobrar el sentido observó que sangraba, fue al baño y sintió que algo le salió por la vagina, según se asienta en la narrativa de hechos de la sentencia número 113-2012-3a del Tribunal Tercero de Sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador, y cuya copia tiene Cimacnoticias.

Auxiliada por elementos de la Cruz Roja y su suegra, María Teresa fue trasladada a la Unidad Primero de Mayo del Instituto Salvadoreño del Seguro Social. Eran las 4 de la madrugada. Fue atendida por la ginecóloga Deysi Guadalupe R. de M. “por presentar sangrado por parto vaginal y salida de cordón umbilical”.

En su declaración, la doctora dijo que no podía asegurar si el sangrado se presentaba por parto natural o aborto, puesto que no se hizo un estudio patológico de placenta para determinar el número de semanas del embarazo. Quien notificó a la policía del hecho fue la enfermera.

Mientras María Teresa estaba hospitalizada, dos agentes de la Unidad de Investigaciones de la Delegación Policial del municipio de Mejicanos –perteneciente al departamento (estado) de San Salvador– acudieron a su vivienda que ya era custodiada por otros gendarmes.

Coordinados con el Cuerpo de Bomberos, los policías judiciales acudieron a la fosa séptica de la casa de María Teresa y de ahí –de acuerdo con la sentencia– “sustrajeron el cuerpo de un recién nacido”.

Según el reporte forense, elaborado a las 13:40 horas del mismo día, el producto tenía entre ocho y 12 horas de haber fallecido y la causa de la muerte se determinaría en la autopsia.

A las 17:50 horas, María Teresa estaba en cuidados intensivos mientras la policía elaboraba la orden de detención provisional en su contra, es decir pasaron prácticamente sólo 14 horas para que a la mujer se le levantaran cargos y se le procesara.

PERSECUCIÓN
Una semana después, la autopsia fue elaborada por un médico forense del Instituto de Medicina Legal, quien agregó que el cadáver “del recién nacido” presentaba características de “asfixia perinatal”, aunque este hecho nunca se comprobó de acuerdo con el documento 24-IND-2014, elaborado por la defensa legal de María Teresa R.

Ocho meses después, el 27 de julio de 2012, el Tribunal Tercero de Sentencia, condenó a María Teresa a 40 años de prisión por el delito de homicidio agravado. En 2013, Víctor Hugo Mata Tobar, abogado de la mujer, interpuso un recurso de apelación, pero no prosperó.

El caso fue apoyado por diversos grupos civiles y fue llevado ante la CSJ el 22 de enero de 2015 para solicitar el indulto. También lo pidieron ante la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa (el Congreso salvadoreño).

Entre los argumentos de la defensa destacaron que tanto el sistema de justicia, como el personal de salud, presumieron la culpabilidad de María Teresa a pesar de la falta de testigos presenciales que acreditaran que ella provocó la muerte de su hijo “por asfixia perinatal (voluntaria)”.

Asimismo, las pruebas no acreditaron el tiempo del producto de gestación; la autopsia fue hecha a destiempo y María Teresa sufrió discriminación “por el pensamiento estereotipado de género que tiene el personal de salud”. No obstante, el indulto fue negado.

El pasado 20 de mayo, al concluir la Audiencia Extraordinaria de Revisión de Sentencia, el juez Martín Rogel Zepeda dijo que no había suficientes elementos que probaran la comisión de delito por parte de María Teresa, y admitió que su condena fue un “error judicial”, por lo que ordenó anular la sentencia y su inmediata libertad.

María Teresa quedó en libertad, pero ese mismo día la Fiscalía General de la República de El Salvador apeló la suspensión de la pena a favor de la mujer.

Así, a casi cinco años de haber estado encarcelada injustamente, María Teresa regresó con su hijo de 10 años de edad, que la esperaba en casa. Por: Gema Villela Valenzuela

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