Penalidad mínima de 40 años podrían tener agresores de saxofonista

05 de Julio de 2021
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Oaxaca, Oax. Los autores materiales e intelectuales del ataque con ácido contra la saxofonista María Elena Ríos Ortiz podrían tener una condena no menor a los 40 años de prisión, al ser señalados por el delito de feminicidio en grado de tentativa.

El comisionado ejecutivo de Atención a Víctimas de la Ciudad de México, coadyuvante en la defensa de María Elena Ríos Ortiz dentro del procedimiento penal, Armando Campos Zambrano, destacó que la asignación de la condena corresponde al Tribunal de Enjuiciamiento de Oaxaca; en su caso podrá ser revisado por la sala penal que corresponda y finalmente por el Poder Judicial si hay amparo al respecto.

Sin embargo -agregó- en términos de ley, el techo mínimo, de acuerdo con el Código Penal, son 40 años de prisión.

De las cinco órdenes de aprensión emitidas en su momento, cuatro ya fueron ejecutadas y recientemente la Fiscalía del estado de Oaxaca emitió una ficha roja para la búsqueda de Juan Antonio V. H., quinto implicado, prófugo desde 2019.

Actualmente están detenidos Rubicel H., “El Chárrez”, y el exdiputado local Juan Antonio V. C. En abril de este año falleció al interior del penal Ponciano N., quien presentaba problemas de salud.

Campos Zambrano indicó que los juzgadores también habrán de tomar en cuenta las agravantes existentes e individualizarán las penalidades en cada caso, toda vez que entre Juan Antonio V. C. y María Elena Ríos hubo una relación de amistad y laboral por lo que, de acuerdo al Código Penal, se le impondrá hasta un tercio más de la sanción.

Al hacer un balance en el avance del proceso a casi dos años del intento de feminicidio, el abogado indicó que durante el tiempo en que Rubén Vasconcelos estuvo al frente de la Fiscalía hubo demoras importantes, tan es así que hasta este momento no se ha detenido a Juan Antonio V. H.

“Eso por sí mismo es una demora en la búsqueda de verdad, justicia y reparación”, expresó. “Con el anterior fiscal vimos opacidad y algunas omisiones que, a partir de la asesoría jurídica, junto con la Comisión Ejecutiva en coadyuvancia es como hemos ido enderezando la cuestión probatoria, en este caso del lado de la víctima para la reparación integral del daño, y esperamos que, con el nuevo fiscal (Arturo Peimbert Calvo) en el ámbito de su actuación, estas dos cuestiones se puedan perfeccionar en beneficio de los derechos de la víctima”, expuso.

Finalmente consideró como positiva la emisión de la ficha roja de búsqueda de Juan Antonio V. H., misma que dijo, debe llevar a la pronta detención. “Saludamos la acción, es algo muy conveniente para buscar la aprehensión, pero la aprehensión es en sí mismo el fin último que estamos buscando a favor de María Elena”.

El artículo 412 del Código Penal establece que a quien cometa el delito de feminicidio se le impondrá una sanción de 40 a 60 años de prisión y multa de 500 a mil salarios mínimos. Si entre el activo y la víctima existió una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, adopción, matrimonio, concubinato, relación de convivencia, noviazgo, amistad, laboral, docente, tutela o cualquier otra que implique confianza, además de la pena que le corresponda, se le impondrá hasta un tercio más de la misma. Se impondrá hasta dos tercios de la pena cuando el sujeto activo se encuentre en servicio o se haya desempeñado dentro de los cinco años anteriores a la comisión del delito como servidor público integrante de las corporaciones de seguridad pública, de las instituciones de procuración e impartición de justicia o de las fuerzas armadas.

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