Rechazan aprobar iniciativa para despenalizar aborto en BCS

30 de Junio de 2021
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Ciudad de México. El Congreso de Baja California Sur rechazó ayer aprobar la iniciativa para despenalizar el aborto en la entidad hasta las 12 semanas de gestación, que también proponía modificar la Ley de Salud y el Código Penal del estado, luego que ocho diputados votaron a favor, seis en contra, dos legisladores se abstuvieron y 5 no estuvieron presentes en la sesión, por lo que no se alcanzó las dos terceras partes requeridas para aprobarla.

En entrevista con Cimacnoticias, una de las representantes de la “Red de Colectivas Feministas de Baja California Sur”, que prefirió no dar su nombre por seguridad, explicó que antes de la votación las y los legisladores a favor de proteger la vida desde la concepción expusieron sus argumentos en contra de la iniciativa e insistieron porque ésta fuera votada de inmediato.

“Nos sorprendió un poco el resultado, pero no nos pusimos tristes porque sabemos que las mujeres pueden seguir abortando en las causales vigentes en el estado o optar por otras opciones como trasladarse a la Ciudad de México. Esperamos que en la nueva legislatura la iniciativa pueda ser otra vez presentada y esta vez sí sea aprobada”, agregó.

De acuerdo con sus palabras, al ser rechazada la iniciativa ya no puede presentarse en este periodo de sesiones que termina este 30 de junio, por lo que su única opción es que esta misma propuesta o alguna otra que busque despenalizar el aborto sea tratada en la nueva legislatura, que prevén, inicie en agosto de este año.

Pese a la presión de los grupos feministas para que las y los diputados aprobaran la iniciativa (que ya había sido presentada para despenalizar el aborto en esta entidad el 15 de marzo y turnada a Comisiones el 20) a la cual hicieron diversas modificaciones como reformas a la Ley de Salud y del Código Penal y generaron un nuevo dictamen el cual se leyó el día de ayer en el Congreso, ésta no alcanzó los votos suficientes para ser aprobada.

El nuevo dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Justicia y de Salud, la Familia y Asistencia Pública, buscaba que las sudcalifornianas pudieran interrumpir de manera legal su embarazo hasta las 12 semanas, así como reformar los artículos 151, 152, 153, 154, el inciso III del 156 y derogar el 155 del Código Penal para que el aborto sea considerado un delito luego de las 12 semanas de gestación y las penas de prisión contras las mujeres y personas que ayuden a practicarse un aborto sean reducidas.

La iniciativa proponía también que el artículo 151 del Código Penal describiera que el aborto es no punible hasta las 12 semanas de gestación, que el artículo 153 estableciera que las mujeres que se realicen una aborto fuera de este tiempo reciban condenas de 3 a 6 meses en prisión y de 100 a 300 días a favor de la comunidad, que el artículo 152 describa que las personas que desarrollen un aborto sin el consentimiento de las mujeres se les imponga una pena de 5 a 8 años de prisión, en caso de hacerlo con violencia la pena aumente de 8 a 10 años de prisión, y que el artículo 154 especifique que si esta práctica es llevada por personal médico o practicante, se le suspenderá del ejercicio de su profesión por un periodo igual a la pena que se le impuso.

También se planteaba que el artículo 155 fuera derogado y el inciso III del artículo 156 garantizara que “cuando a juicio de dos médicos especialistas exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales, al limite que puedan poner en riesgo la sobrevivencia del mismo, siempre se tenga el consentimiento de la embarazada para realizar el aborto”.

La iniciativa también modificaba los artículos 60 y 62 de la Ley de Salud de esta entidad para que el acceso a la interrupción legal del embarazo sea parte esencial de los servicios de salud reproductiva de las mujeres

Actualmente el artículo 151 del Código Penal de esta entidad define que “aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo”, el articulo 152 explica que las mujeres que interrumpan su embarazo serán condenadas de 6 meses a 2 años de prisión y hasta con 200 jornadas de trabajo a favor de al comunidad, el artículo 153 señala que si las persona práctica el aborto sin el consentimiento de las mujeres se le impondrá de 3 a 8 años de prisión, si lo hace con violencia aumentará hasta 9 años, y el artículo 155 describe que “la mujer que voluntariamente aborte será sancionada con 6 a 2 años de prisión”.

Mientras que el artículo 154 impone que el personal médico o practicante que desarrolle un aborto no puede ejercer su profesión por el resto del tiempo de la pena que se le imponga mientras que el artículo 156 asegura que la interrupción del embarazo es posible cuando sea resultado de una violación o de una inseminación no consentida, la vida de la mujer esté en peligro o se vea afectada su salud física o mental o si a “juicio de un médico el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas”.

De acuerdo con datos de la Red de Colectivas Feministas de Baja California Sur, desde 2015, alrededor de 63 sudcalifornianas han sido perseguidas por ejercer su derecho a decidir debido al clima de criminalización que existe en el estado, esto “refuerza la estigmatización social hacia el tema del aborto.

Debido a que las sudcalifornianas no deciden sobre sus cuerpos en comparación con otras mexicanas, algunas de ellas y las que cuentan con los recursos necesarios, se trasladan a la Ciudad de México para interrumpir con seguridad sus embarazos en clínicas privadas o públicas. “De 2017 a la fecha de los 234 mil abortos practicados en CDMX, 40 de ellos fueron de mujeres de Baja California Sur”.

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