Prioritarios servicios de salud sexual y reproductiva durante contingencia

13 de Abril de 2020
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México, abril (SEMlac).- La Secretaría de Salud de México aseguró que todos los servicios de salud sexual y reproductiva están garantizados y llamó a los tres niveles de gobierno a recibir en sus hospitales a las mujeres embarazadas, seguir dotando a quien lo necesite de la anticoncepción de emergencia y adelantar dotaciones de anticonceptivos para los próximos tres meses.

En un comunicado oficial, la institución deja claramente establecido que el acceso a la atención de la salud materna y neonatal de cara al panorama epidemiológico relacionado con la morbilidad y mortalidad materna, considera prioritaria la atención prenatal, la vacunación contra influenza, la prueba rápida de detección para VIH y sífilis, así como la detección oportuna de complicaciones y comorbilidades.

La información se dio a conocer luego que el Comité Promotor de Una Maternidad Segura (CPMS) enviara a esa dependencia la advertencia de que descuidar a las mujeres embarazadas o con procesos ginecológicos complicados, podría resultar en muertes maternas.

Aseguró Salud que durante toda la emergencia de la COVID-19 estará abierto y dará atención el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, órgano que tiene la obligación de orientar a la población sobre signos de alarma en el embarazo.

Hace menos de una semana que tanto el Comité, como grupos de parteras y organismos internacionales solicitaron a Salud una estrategia clara para asegurar atención al parto, en las casas de maternidad creadas por organizaciones civiles, redes de parteras tradicionales y centros de reproducción humana.

Sin que esta sea la estrategia, la SS informó que está funcionando lo que se llama Línea Materna (800 628 37 62), y que también en el número 800 7678 527 el Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI) tiene esa línea para denuncias de cobros indebidos.

Lo cierto es que no hay respuesta a un plan alternativo para atender a miles de parturientas que podrían no hallar atención o camas en las próximas semanas en los hospitales de maternidad, muchos de los cuales han sido reconvertidos para atender prioritariamente la pandemia la COVID-19.

El comunicado señala que todas las autoridades federales y locales deben garantizar el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19 y agrega que esos servicios son esenciales por lo que el Estado mexicano debe garantizarlos a través de las secretarías de Salud estatales y los diferentes niveles de atención.

Luego relaciona estos servicios que son exigibles desde la población femenina en todo el país.

Estos incluyen:
1. El acceso a métodos anticonceptivos modernos y al esquema de doble protección: Para evitar la saturación y los traslados innecesarios se deberá dotar a mujeres, hombres, personas de la diversidad sexo genérica y adolescentes, de insumos suficientes para tres meses o más en el caso de los métodos temporales y de barrera.

Así mismo, se deberá favorecer el acceso a métodos de larga duración.

2. El acceso a la atención integral del aborto seguro en los casos previstos por la ley: Además de las entidades en que la interrupción del embarazo se ha despenalizado hasta las 12 semanas de gestación, se debe garantizar el cumplimiento de la NOM-046-SSA2-2005, entendiendo la interrupción del embarazo producto de una violación sexual como una urgencia médica.

3. El acceso a la atención de la salud materna y neonatal: Dado el panorama epidemiológico relacionado con la morbilidad y mortalidad materna, es prioritario:

a) dar continuidad a la atención prenatal, incluyendo la vacunación contra influenza, la prueba rápida de detección para VIH y sífilis, así como la detección oportuna de complicaciones y comorbilidades.
b) la atención respetuosa, segura y calificada del parto.
c) la atención de la persona recién nacida enfocada en la disminución de la muerte neonatal y la prevención de la discapacidad.
d) el apoyo para el inicio temprano y la continuidad de la lactancia materna.

4. El acceso oportuno a la atención de las emergencias obstétricas: En apego al Convenio General de Colaboración Interinstitucional para la Atención de las Emergencias Obstétricas, cada entidad federativa determinará los hospitales con capacidad resolutiva que, quedando fuera del plan de reconversión para atención de la COVID-19, sean destinados para este fin.

Frente a la emergencia sanitaria y como estrategia fundamental de salud pública, es indispensable garantizar la gratuidad de estos servicios en apego al marco de los derechos humanos y los derechos sexuales y reproductivos ratificado en el Artículo 1º Constitucional y en conformidad con lo establecido en el Artículo 77 bis 1 de la Ley General de Salud:

"Todas las personas que se encuentren en el país que no cuenten con seguridad social tienen derecho a recibir de forma gratuita la prestación de servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos asociados, al momento de requerir la atención, de conformidad con el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sin importar su condición social".

La negativa en el acceso a la atención, así como los cobros indebidos deberán ser informados de manera oportuna, para que las entidades federativas, en conjunto con la Secretaría de Salud Federal y el Instituto de Salud para el Bienestar, generen los mecanismos de respuesta necesarios para la continuidad de estos servicios esenciales.

Anticonceptivos de emergencia limitados
A pesar de la decisión de la SS en estos momentos, las investigaciones del Grupo de Información en Reproducción Elegida Gire, encontró deficiencias graves en este rubro, lo que retarda y viola, precisamente los derechos sexuales y reproductivos.

Hasta 2017 solamente el Hospital Nacional Homeopático, dependiente de la Secretaría de Salud Federal, informó haber entregado dos Paquetes de Anticoncepción de Emergencia (PAE) a menores de 18 años.

Llama la atención que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y el resto de las unidades dependientes de la Secretaría de Salud Federal no cuentan con información sobre el suministro de anticonceptivos de emergencia; sobre todo porque, de acuerdo con estimaciones del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 33,46 por ciento de las derechohabientes adolescentes se encuentran afiliadas al IMSS y 6,45 al ISSSTE.

Estas dos instituciones concentran alrededor de 40 por ciento de las mujeres adolescentes aseguradas, tan solo por debajo del Seguro Popular (57,43 %).

La ausencia de esta información imposibilita que se genere la política pública adecuada para garantizar el acceso a estos servicios y se evalúe correctamente la presencia de barreras existentes.

Esta falta de política, que no mejoró con la nueva administración, hace caso omiso del grave problema del embarazo en adolescentes, situación que puede empeorar en las próximas semanas: una porque el encierro obligado pone en peligro la integridad de mujeres y niñas.

Estudios del Instituto de Salud Pública concluyeron que uno de cada seis nacimientos en México viene de una adolescente y dos de esos nacimientos provienen de niñas menores de 11 años, su atención en el parto es fundamental.

En México, el INEGI registró en 2017 que un total de 390.089 mujeres menores de 20 años fueron madres; de ellas, 9.748 eran niñas menores a 15 años y 380.341, adolescentes entre 15 y 19 años.

El embarazo adolescente es un fenómeno multifactorial que requiere políticas públicas efectivas e integrales dirigidas a promover y garantizar el acceso a métodos anticonceptivos amigables y sin discriminación, a prevenir y atender la violencia sexual, a impartir educación sexual integral, garantizar el acceso a la interrupción legal del embarazo y a una atención médica especializada, entre otros.

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