Presenta PES iniciativa para hace retroactivas pensiones alimenticias

13 de Febrero de 2020
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Querétaro, 13 Febrero 2020.- El diputado local por el Partido Encuentro Social (PES), Ricardo Caballero, presentó una iniciativa de ley con tres puntos de acuerdo para el fortalecimiento de las acciones que permitan cumplir con el pago de las pensiones alimenticias, así como la sanción a las cobranzas extrajudiciales.

En primera instancia, indicó que se busca adicionar un párrafo a la reacción II del Artículo 252 y 306 a la ley del Código Civil para el estado de Querétaro, con lo cual se establecería el derecho a recibir alimentos y la obligación de darlos.



Esto podrá ser posible derivado de una resolución de juicio de reconocimiento de partenidad, con lo que se tomaría como retroactivo el apoyo al momento del nacimiento de la persona.




El legislador apuntó aque actualmente el código civil señala que el acreedor alimenticio solo podrá exigir las pensiones que se hubieran generado en un plazo máximo de cinco años inmediato anterior a la demanda, por lo que se propone erogar este apartado.

Asimismo, establecer que en los divorcios voluntarios, se de garantía de seguridad en los alimentos en donde se encuentran involucrados menores de edad.

Por otro lado, indicó que la iniciativa contempla como requisito para contraer matrimonio la presentación de certificado de no adeudo de pensión alimenticia.

En este sentido, aseguró que se ha avanzado en la materia, al solicitar la creación de un Registro Unico de Deudores de pensiones alimenticias. De esta manera, se propone que los requisitos de unión civil incluyan un certificado que acredite el cumplimiento de su obligación.



Recordó que en 2018, se registraron 4 mil 936 divorcios, de los cuales en 635 se demandan pensiones alimenticias.




En el tercer apartado, el legislador del PES propondrá la adición del Capítulo III “Cobranza Extrajudicial Ilegítima”, y al título de delitos contra la Paz y Seguridad de las personas, para establecer este tema como delito.

Contempla una pena de dos meses a dos años de prisión para inhibir el cobro de deudas con uso de violencia, hostigamiento e intimidación.

Asimismo, proteger a los familiares, avales, referencias, o terceras personas que tengan relación con los deudores de diferentes instancias, como bancos, tiendas de cadenas nacionales, entre otras.