Camino a la paridad

Doscientos años calculó la ONU que tardaríamos en alcanzar la paridad al paso que íbamos. Y contra viento y marea aceleramos el paso. Hoy la paridad está en el horizonte. Que nadie lo dude.

24 de Noviembre de 2015
Guardar
portada_libro_cecilialavalle01_1.jpg
portada_libro_cecilialavalle01_1.jpg
Doscientos años calculó la ONU que tardaríamos en alcanzar la paridad al paso que íbamos. Y contra viento y marea aceleramos el paso. Hoy la paridad está en el horizonte. Que nadie lo dude.

Este nuevo empuje comienza en la reforma que elevó a rango constitucional los Derechos Humanos y colocó al mismo nivel los tratados internacionales ratificados por México (DOF 10 de junio de 2011). Porque así todas las autoridades quedaron obligadas a su aplicación.

Luego, a partir de la estrategia diseñada y ejecutada por integrantes de Mujeres en Plural y sus aliados, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió la histórica sentencia 12624, cuya argumentación abrió camino para eliminar la exclusión de las mujeres.

El tercer impulso se encuentra en la reforma al artículo 41 de la Constitución (DOF 10 de febrero de 2014), que norma la paridad en candidaturas a legislaturas federales y locales, y para la cual Mujeres en Plural con sus aliadas y aliados llevaron a cabo un intenso cabildeo.

En las leyes secundarias (DOF 23 de mayo de 2014) también se lograron avances importantes: la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, por ejemplo, dota de facultades al Instituto Nacional Electoral (INE) y los Organismos Públicos Locales Electorales (Oples), para rechazar el registro de partidos que no cumplan con el principio de paridad.

Y la Ley General de Partidos Políticos obliga a señalar criterios objetivos para garantizar la paridad, además de precisar que ningún género se asignará exclusivamente a distritos perdedores, entre otras.

Asimismo, con el impulso particular de Eufrosina Cruz, se modificó el artículo segundo constitucional (DOF, 22 de mayo de 2015) para que en ningún caso las prácticas comunitarias (usos y costumbres) limiten los derechos político-electorales de las mujeres.

Por otra parte, durante el proceso electoral de este año muchas mujeres interpusieron juicios en distintos estados del país, algunos de los cuales dieron lugar a tres jurisprudencias extraordinarias, impulsadas por la magistrada María del Carmen Alanís Figueroa y aprobadas por unanimidad por los magistrados del TEPJF.

En la 6/2015 se establece que la paridad debe aplicarse también en la integración de ayuntamientos; en la 7/2015 se establecen las bases de la paridad “vertical” y “horizontal”; y en la 8/2015 se reconoce que las mujeres tenemos interés legítimo para solicitar la tutela del principio constitucional de paridad en la postulación de candidaturas a cargos de elección popular.

Es en este contexto en el que se insertan las posturas de dos de los principales partidos políticos de México.

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) fue el primero en modificar sus estatutos. El 20 de septiembre de 2015, en el artículo 8, garantizó “la paridad de género vertical y horizontal tanto en los órganos de dirección en todos sus niveles, así como en sus comisiones dependientes del Comité Ejecutivo Nacional, órganos autónomos y en las candidaturas de elección popular”.

Y el pasado sábado 21, en uno de los Acuerdos de la 35 Sesión Extraordinaria del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI), “se mandata respetar la doble dimensión de la paridad de género en la integración de las planillas de candidatos a miembros de ayuntamientos de los respectivos procesos electorales locales ordinarios 2015-2016”.

De esa manera, independientemente de lo que se haya reformado en las leyes electorales estatales, PRD y PRI honran el compromiso que firmaron con Mujeres en Plural en mayo pasado, y postularán en paridad “vertical” y “horizontal” en los procesos electorales del próximo año.

Cabe esperar que los demás partidos hagan lo mismo. Porque, quien no entienda que este camino es irreversible, queda en fuera de lugar, en uno ubicado tres siglos atrás.

Archivado en