Pierde ex alcaldesa juicio por "daño moral" en contra de ex directora del DIF en San Juan

21 de Octubre de 2015
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Jacaranda López Salas.
Jacaranda López Salas.
Querétaro, 21 Octubre 15.- La justicia federal negó el último amparo que la exalcaldesa del PRI en San Juan del Río, María de los Ángeles Jacaranda López Salas, interpuso. Con ello la líder moral del tricolor está obligada a pagar los gastos legales que en su momento se le ocasionaron a Elsa Nardoni Macedo.

Cabe recordar que este conflicto inició en el año 2006 cuando la entonces directora del DIF hizo la denuncia pública de que la presidenta municipal había hecho un desvío millonario de recursos para apuntalar la campaña política que la proyectaría a la diputación federal por el segundo distrito.

Tras dicho procedimiento intervino la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, quien emitió un resolutivo en el año 2007 en donde se encontraba culpable a López Salas por lo que debía reintegrar recursos por 53 millones de pesos.

La exalcaldesa demandó a Elsa Nardoni Macedo, por supuesto “Daño Moral”; sin embargo, en febrero salió un resolutivo a favor de la demandada desechando un juez los argumentos de López Salas.

Posteriormente Elsa Nardoni, al demostrar su inocencia de los cargos hizo una contrademanda para que Jacaranda López Salas, pagara los gastos legales; sin embargo, la exalcaldesa se amparó en varias ocasiones.

“En aquella ocasión le hicieron un favor porque ni siquiera piso la cárcel debido a que sí reintegró el recurso que había desviado. En realidad fue ella quien inició el pleito legal que hoy está perdiendo y en donde la justicia federal le está ordenando que pague los gastos que me ocasionó la demanda que en su momento inició en mi contra y que finalmente sus argumentos fueron desechados totalmente”.

Explicó que un juez deberá determinar los montos de gastos que la expresidenta municipal del PRI deberá pagar, ya que tienen que calcularse los peritajes socioeconómicos y representación de los abogados.

Aclaró que si bien el juicio puede cotizarse en millones de pesos, considerando que fueron ocho años de proceso, será el juez quien aplique la multa; sin embargo, cuando el asunto es condenado vía sentencia, el procedimiento se hace conforme a un arancel.

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