Destituirían a funcionarios de registro civil de Querétaro

05 de Septiembre de 2014
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Magistrado presidente del TTSJ, Carlos Septién Olivares.
Magistrado presidente del TTSJ, Carlos Septién Olivares.
Querétaro, 5 Sep 14.- El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Carlos Septién Olivares, dio a conocer que la autoridad pudiera determinar una posible destitución del cargo al oficial 1 y al Director Municipal del Registro Civil en Querétaro, en caso de incurrir en un delito de desacato a una orden judicial por no celebrar el matrimonio de dos parejas homosexuales.

Agregó que la autoridad local tenía 10 días de plazo para impugnar dicha resolución -mismos que ya están por vencerse-, y de no ser así, las parajes podrán hacer nuevamente el trámite para casarse; mientras que la autoridad administrativa del registro civil tendrá que acatarlo.

"Una vez que la sentencia cause ejecutoria es decir, que no sea impugnada por ninguna de las partes interesadas, tendrá que la parte quejosa solicitar nuevamente al registro civil su intención de celebrar matrimonio por ser un acto voluntario y en ese sentido la autoridad administrativa tendrá que acatarlo, de lo contrario pudiera ser que incurra en un delito de desacato a una orden judicial" añadió.

En ese sentido, Septién Olivares, dijo sentirse seguro de que los funcionarios municipales cumplirán la sentencia de la autoridad federal, ya que recalcó, en Querétaro existe una cultura de respeto a las ideologías y a las personas; además debe prevalecer el estado de derecho.

"Pero estoy seguro que en un estado institucional como tenemos aquí en Querétaro, las autoridades cumplirán lo que diga la sentencia, lo importante es que tenemos que tener una visión de absoluto respeto a todas las personas...no puede haber distingos de ninguna naturaleza" sentenció.

Cabe señalar que la justicia federal les concedió a 2 personas, mediante un amparo, celebrar su matrimonio con otra persona del mismo sexo aquí en el estado, ello debido a que el registro civil municipal incumplió los artículos 1º y 2º de la Constitución que señalan que "la protección de la justicia debe ser sin considerar preferencias, ni distingos de índole política, socioeconómica, ni de preferencia, ni religiosa" según detalló el magistrado.

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